Judicialización del Procés

El TC rechaza de nuevo suspender la condena de Sànchez, Turull, Rull y Forn

Los magistrados niegan que la sentencia belga sobre Lluís Puig justifique su petición

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Los exdiputados de JxCat en el Congreso  Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull, en el acto de toma de posesión al Congreso  después del 28-A

MadridEl Tribunal Constitucional ha vuelto a rechazar suspender la pena de Jordi Sànchez, Jordi Turull, Josep Rull y Joaquim Forn, después de que lo pidieran a raíz de la sentencia de Bélgica sobre el ex conseller de Cultura Lluís Puig. Los cuatro condenados en el juicio del Procés solicitaron de nuevo al alto tribunal que mientras no se resuelve su recurso de amparo permitiera que no tuvieran que estar en la prisión, aprovechando que un tribunal belga declinó la extradición de Puig aduciendo que se le había vulnerado el derecho al juez predeterminado por ley y se le podía no respetar la presunción de inocencia. Se trata de dos cuestiones que los ex consellers de JxCat y el ex líder de la ANC también plantean, pero el TC no considera que sea nada "sobrevenido" que justifique la solicitud.

Los magistrados subrayan que la jurisprudencia marca que una modificación de estas características requiere que se haya producido una circunstancia "sobrevenida", pero también señala que el cuestionamiento de la competencia del Tribunal Supremo para juzgarlos o la presunción de inocencia no son determinantes para dirimir una suspensión cautelar como esta. Además, sostienen que se trata de alegaciones que ya forman parte del recurso de amparo contra la sentencia del Procés, de forma que abordarlo ahora sería avanzarse a la resolución de fondo que tiene que llegar en el futuro.

El TC no esconde que la sentencia de Bélgica "de alguna manera vincula o condiciona" sus eventuales sentencias sobre los recursos de amparo, pero no en este momento. A pesar de esta afirmación, los jueces ya se han pronunciado sobre la posible vulneración del juez predeterminado por ley en la respuesta a los recursos de la ex consellera de Gobernación Meritxell Borràs y el ex conseller de Justícia Carles Mundó, y ha cerrado filas con el Supremo. El TC considera que el Supremo podía investigar, procesar y juzgar a los exmiembros del Govern a pesar de que solo se los acusara de malversación y desobediencia.

En relación a la supuesta vulneración de la presunción de inocencia, la defensa de Sànchez, Rull y Turull hacía referencia a las filtraciones a los medios de comunicación que se han ido produciendo sobre diferentes decisiones judiciales que los han afectado. En la misma línea, el TC remarca que esta cuestión está "carecida de relevancia a efectos de dilucidar la medida cautelar pedida". En los autos publicados este miércoles, los jueces se refieren a su decisión de junio del año pasado en la que ya rechazaron suspender la pena de los condenados.

En este sentido, el TC incluye en sus argumentos que no conceder esta libertad provisional no supondría un daño irreparable porque quedan todavía muchos años de cumplimiento de pena. La mayoría se acercan o superan los tres años de prisión, pero las condenas son de 9, 10 y 11 años. Además, los magistrados añaden que la doctrina constitucional ha establecido que una petición como esta se puede conceder si quedan menos de cinco años de cumplimiento de la pena, y no es el caso.

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