Operación Cataluña

¿Por qué los tribunales no investigan la operación Catalunya?

Juristas consultados por el ARA constatan la dificultad de aportar pruebas sólidas que convenzan a los jueces

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El excomisario José Manuel Villarejo.

MadridPese a los numerosos intentos de los afectados para que los tribunales investiguen y juzguen a los responsables de la operación Catalunya, ninguna querella relacionada con la guerra sucia contra el soberanismo ha prosperado. El ex comisario de la Policía Nacional José Manuel Villarejo, el ex ministro del Interior junto a Mariano Rajoy, Jorge Fernández Díaz, su ex número dos, Francisco Martínez, o la ex líder del PP catalán Alícia Sánchez Camacho son algunos de los señalados por los denunciantes. El expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell ha sido el único que ha logrado que un juzgado de Madrid abriera una investigación y que Villarejo y varios mandos policiales declararan como investigados, pero la causa no ha tenido más recorrido.

En opinión del titular del juzgado de instrucción 13 de Madrid, la querella de Rosell estaba basada en "apreciaciones subjetivas" realizadas a partir de datos obtenidos a través de los medios de comunicación, pero "sin delimitar ninguna conducta" delictiva de los investigados. Esta es una de las objeciones que puso, similar a la que empleó el del juzgado de instrucción 11 para inadmitir la querella del ex conseller Jaume Giró por la operación Catalunya. No vio fundamento suficiente en los indicios aportados y los consideró "simplas especulaciones o sospechas". Un razonamiento alineado con el de la Fiscalía y que, en este caso, acabó avalando la Audiencia de Madrid.

Varios juristas consultados por el ARA apuntan que, formalmente, los motivos alegados por los tribunales que han analizado estas querellas entran en la normalidad. La abogada penalista del bufete Molins & Parés Laia Tejada explica que tanto la ley de enjuiciamiento criminal en el artículo 313 como la jurisprudencia del Tribunal Supremo exigen "un mínimo" para evitar "investigaciones prospectivas" y para asegurar que "no hay haya una causa general", sino que se persigue una conducta concreta. Tejada remarca que es necesario analizar cada caso concreto y alerta de la dificultad de sacar "conclusiones genéricas" agrupando todas estas querellas así como de la complicación de conseguir el tipo de prueba exigida.

Coincide con ella Marc Molins, también abogado penalista, que no cree que se pueda hablar de una "conjura" para frenar estas causas. "Cuanto más arriba disparas, más sólido debe ser el indicio", advierte. Audios de Villarejo con conversaciones de algunos de los protagonistas mencionando la operación Catalunya y algunos de sus objetivos, documentos publicados en medios de comunicación o las declaraciones públicas del propio Villarejo no han sido consideradas suficientes para los jueces. "Son causas muy complejas, los estándares de prueba que exigen a las partes son de una enorme solidez, no es prueba sencilla de obtener y debe admitirse, evidentemente, la hipótesis de que a veces esta prueba no exista. Estas son las reglas del juego", resume Molins.

El profesor de filosofía del derecho de la Universitat Pompeu Fabra Josep Lluís Martí puntualiza que penalmente no se puede perseguir el lawfare, ya que "no existe como categoría legal", sino que es necesario demostrar "en cada caso en qué momento se pudieron pasar de la raya". En este sentido, en la resolución sobre Rosell, el juez también defiende que "escapa" de su competencia investigar una supuesta "lista negra de personas relacionadas con el independentismo". Martí señala la "dificultad de encontrar pruebas objetivas" de este tipo de conductas que, a menudo se encuentran en el terreno de la "subjetividad", y de "demostrar la motivación política" de las acciones denunciadas.

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