Un juez obliga a una mujer incapacitada a vacunarse a pesar de la negativa de su hija

Sostiene que se evita un riesgo más alto si se vacuna que si se expone al contagio

Ot Serra
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La Milagros Garcia, la primera persona vacunada del covid-19 a la demarcació de Lleida, durant la vacunació a la residència Balafia I, el 27 de desembre del 2020.

MadridUn juez de Santiago de Compostela decidió el sábado que una mujer incapacitada se tenía que vacunar a pesar de que su hija, como tutora legal, se había opuesto. El diario El País ha avanzado el primer caso en el que la justicia se posiciona sobre la obligatoriedad de vacunarse contra el coronavirus, que las autoridades habían dejado claro que era una opción voluntaria. La residencia donde vive, DomusVi San Lázaro, llevó la cuestión a los tribunales después de que ningún otro residente hubiera puesto problemas en vacunarse.

La hija había alegado que prefería esperar a ver si había efectos secundarios, pero el estudio forense sobre incapacitación de la mujer hacía referencia a la seguridad de la vacuna Pfizer/BioNTech. En el auto, al cual ha tenido acceso Efe, el juez toma la decisión después de una ponderación de los riesgos y concluye que la implicada tiene que recibir la vacuna. Estaba previsto que le tocara al día siguiente, domingo, a pesar de que finalmente ha habido un retraso y todavía no se la han administrado.

"Vacunarse y no hacerlo conllevan un riesgo que forzosamente se tiene que asumir, dado que no hay opciones intermedias. En esta tesitura, la cuestión se reduce a una pura ponderación de cuál es el riesgo más alto", escribe el juez, después de que la hija de la mujer de 84 años alegara que era una responsabilidad demasiado grande tener que tomar la decisión en nombre de una tercera persona. "El riesgo se incrementa, de manera indudable, en la medida en la que la administración de la vacuna se retrasa y el número de contagios aumenta porque, en la misma progresión, es previsible que haya la posibilidad de contraer la enfermedad", resuelve Javier Fraga.

La potestad del tutor legal, la clave

Si no es obligatorio vacunarse, ¿cómo es que el juez solo se centra en los riesgos para la salud? Este es el fondo del debate, y la respuesta se encuentra en la ley 26/2015, que modificó el sistema de protección de la infancia y también retocó la ley de autonomía del paciente. En casos de inmunización, cuando la decisión no la tome la persona directamente afectada sino el representante legal o las personas vinculadas por razones familiares, "se tendrá que adoptar atendiendo siempre al máximo beneficio para la vida o la salud del paciente, y en caso contrario se tendrá que poner en conocimiento de la autoridad judicial", dice la normativa.

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