Siete años sin papeles ni país: el periplo de una niña apátrida

Una sentencia pionera de la Audiencia de Guipúzcoa obliga por primera vez a nacionalizar a una niña nacida durante el viaje migratorio de su madre

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Fotografia de la Sabroo, una niña apátrida fotografiada por el ARA  en Atenas, en una imagen de archivo. La está en brazos  de su madre Sowaillah, refugiada afgana en Grecia

BarcelonaAnna tiene siete años y hace cuatro que vive en San Sebastián con su madre, pero a ojos del sistema es como si acabara de nacer ahora. A pesar de que su madre, de origen camerunés, tiene los papeles en regla para residir en el Estado, no había podido inscribir a su hija en el registro civil, no tenía tarjeta sanitaria ni pasaporte, no estaba empadronada y, a pesar de que iba a la escuela, no podía cambiar de centro ni cursar actividades extraescolares. El motivo es que nadie le daba la nacionalidad porque había nacido durante el periplo migratorio de su madre entre el Camerún, Marruecos y España. Ahora un tribunal ha ordenado que Anna deje de ser apátrida y obtenga la nacionalidad española, en contra de la opinión de la Fiscalía y los abogados del Estado.

La sentencia pionera de la Audiencia de Guipúzcoa avala el pronunciamiento que ya hizo en su momento otro juzgado de primera instancia de San Sebastián, que evaluó el caso y concluyó que durante años a Anna se le habían "vulnerado los derechos fundamentales" por "no tener la nacionalidad". Reconocía el derecho de la menor a acceder a la nacionalidad española de origen.

En contra del criterio de los abogados del Estado, que recurrieron la primera sentencia del juzgado de San Sebastián, la Audiencia subraya que el derecho a tener una nacionalidad está reconocido por la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño. De hecho, los magistrados recuerdan que el Código Civil español establece que en los casos en que el primer lugar de residencia conocido de un menor sea el estado español, tienen que ser reconocidos como "nacidos en territorio español".

A pesar de que los menores apátridas son casos excepcionales, diferentes organizaciones humanitarias hace tiempo que denuncian su existencia en el Estado. Se trata de menores que han nacido durante el periplo migratorio de sus padres y no han podido ser registrados en ningún país. En España existe un estatuto que permite el reconocimiento como apátrida de cualquier persona. El año 2020 –el último con datos disponibles del ministerio del Interior– 86 menores de entre 0 y 13 años y 28 adolescentes de entre 14 y 17 años solicitaron este reconocimiento.

La sentencia de la Audiencia de Guipúzcoa supone un precedente judicial porque es la primera vez que un tribunal integrado por varios magistrados se pronuncia a favor de la nacionalización de los menores apátridas. Hasta ahora, solo un juez andaluz había dictado una orden similar. Se trata del responsable del registro civil de Montilla, que el octubre del año pasado acordó inscribir a una bebé de un año y medio apátrida.

Un largo periplo burocrático

Anna llegó a Tarifa en patera en mayo del 2018, junto con su madre, que al poco de desembarcar inició un largo periplo burocrático para poder inscribir a su hija. Aunque la sentencia no lo especifica, la menor habría nacido en Marruecos durante el periplo migratorio de su madre para llegar a España. Ya desde el primer momento, a la pequeña le denegaron el permiso de residencia y el pasaporte. El marzo del 2019 la madre mandó una carta al embajador del Camerún en España pidiéndole poder inscribir a la niña como camerunesa, pero pocos meses después las autoridades de este país le contestaron que no podían reconocer a su hija porque no había nacido en territorio camerunés y la desviaron hacia Marruecos. La segunda carta escrita por la madre a las autoridades de este país todavía espera respuesta.

El mismo 2019, la madre de Anna volvió a pedir al Registro Civil de San Sebastián que se hiciera una declaración reconociendo la nacionalidad española de la niña y que pudiera ser inscrita en el registro de nacimientos fuera de plazo. Pero primero el organismo local y después el central se lo denegaron. A partir de aquí la mujer llevó el caso de su hija a la vía judicial y hasta ahora dos sentencias le han dado la razón. De hecho, la última sentencia de la Audiencia de Guipúzcoa reconoce "el esfuerzo genuino" de la mujer por "remover los obstáculos" que impedían la nacionalización de su hija en cualquier de los tres países. Los magistrados subrayan que en los casos de menores apátridas tanto las administraciones como el sistema judicial tienen que hacer prevalecer "el interés del menor" por encima de cualquier otra cuestión.

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