Violencia de género

Violencia vicaria: el gobierno español aprueba una ley que suspende la patria potestad a los maltratadores condenados

La ministra explica que se introduce como un "agravante" en el Código Penal en lugar de un tipo delictivo nuevo

La ministra de Igualdad, Ana Redondo.
ARA
14/07/2026
2 min

MadridLa ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha anunciado este martes en la rueda de prensa del consejo de ministros la aprobación de un anteproyecto de ley que el ejecutivo considera clave en la lucha contra la violencia machista: el anteproyecto de ley contra la violencia vicaria. "Cumplimos la palabra dada", ha exhibido la ministra, que ha considerado que es un paso necesario para "avanzar hacia una sociedad libre de violencia de género" y dar cumplimiento al pacto de estado.

La nueva normativa, que ahora deberá tramitarse en el Congreso, modifica hasta diez leyes diferentes para conseguir una "solución holística" al problema. Entre las novedades que incorpora destacan el "automatismo" en la retirada de la patria potestad a aquellos maltratadores condenados por una sentencia firme por delitos graves de violencia de género o contra menores, que solo se podría recuperar con la cancelación de los antecedentes penales. "Un maltratador nunca puede ser un buen padre", ha sentenciado la ministra. Además, también se establece la suspensión del régimen de visitas si hay en curso un procedimiento judicial por violencia de género o vicaria.

"La definición de violencia vicaria es aquella violencia que se ejerce a través de una persona interpuesta" para provocar dolor o sufrimiento a las mujeres por parte de aquellos que han mantenido una relación afectiva, ha detallado Redondo, y ha destacado que en la nueva legislación se amplía el supuesto de los que pueden ser considerados víctimas de este tipo de violencia por su vínculo con la mujer maltratada. Redondo ha hablado de los descendientes, ascendientes, hermanos o incluso la actual pareja de la víctima de violencia machista. Además, además, ha explicado la ministra, también se incorpora la obligatoriedad de escuchar al menor en caso de que haya procesos de custodia en marcha.

Paralelamente, la normativa también prevé la posibilidad de que una madre superviviente pueda cambiar los apellidos de un hijo muerto como consecuencia de violencia vicaria para que no tenga que mantener el vínculo con el agresor. Lo que sí se deja fuera, según explica Europa Press, tras diversos informes jurídicos y técnicos, es la consideración de las mascotas dentro de la definición de la violencia vicaria, pero se podría incorporar durante las enmiendas en el Congreso. Esta norma ha sido objeto de meses de discusión entre el ministerio de Igualdad, el de Juventud de Sira Rego y el de Justicia de Félix Bolaños, pero finalmente se ha consensuado un texto.

Un agravante en el Código Penal

En cuanto a la estrategia penal, para castigar la violencia vicaria, también ha habido un cambio. Tras un informe del Consejo General del Poder Judicial, el ministerio ha decidido incluir la violencia vicaria como un agravante en la violencia de género, en lugar de establecer un nuevo tipo delictivo en el seno del Código Penal. Según la ministra, haberlo hecho de forma general implicaba problemas "de interpretación normativa" y de esta manera se asegura que las penas por violencia vicaria no pueden recaer contra las mujeres. "Con esta medida, volvemos a ser un referente", ha aseverado la ministra.

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