Vivienda

El Supremo anula el registro único de alquileres turísticos del Estado porque considera que no tiene competencias

En Cataluña se habían registrado 66.057 pisos y habían aflorado 18.060 contratos ilegales

Turistas cruzando un paso de peatones del paseo de Gracia, en Barcelona. PERE VIRGILI
21/05/2026
3 min

MadridEl Tribunal Supremo da la razón, parcialmente, a aquellas comunidades autónomas que presentaron un recurso contra el registro único de viviendas de corta duración del gobierno español porque creían que invadía competencias autonómicas. En una sentencia publicada este jueves, y como respuesta a un recurso que presentó la Generalitat valenciana (también presentó uno Andalucía), el alto tribunal anula la medida porque considera que el Estado no tiene competencias para crear una herramienta así.

"El Estado no tiene competencias para establecer una regulación exhaustiva de un registro nacional que se superponga a los registros autonómicos existentes en cuanto a la inscripción de inmuebles destinados al alquiler turístico", indica el Supremo. Ahora bien, desestima el recurso del gobierno valenciano en lo que respecta a las disposiciones de la norma que regulan la ventana única digital de alquileres, la obligación de las plataformas digitales a enviar sus datos y la transmisión de información con finalidades estadísticas.

¿Qué dice la norma?

La norma aprobada por el gobierno español en 2024 define qué es un alquiler de corta duración y crea una ventanilla única digital de arrendamientos que otorga un número de registro o matrícula a través del cual el inmueble afectado se puede inscribir en el registro único. La ventanilla única digital da una matrícula para cada alquiler de corta duración, incluidos los alojamientos turísticos –alquileres de menos de 31 días–, los de temporada –alquileres para residencia no habitual del inquilino–, habitaciones y también embarcaciones u otras propiedades. El objetivo era poner fin al fraude en torno a estos inmuebles y que solo se puedan comercializar aquellos que figuran en el listado.

Fuentes del ministerio de Vivienda cifran en 111.090 los contratos ilegales que han aflorado en el conjunto del Estado desde el 1 de julio de 2025, cuando se puso en marcha la medida. De estos alquileres, 18.060 estaban en Cataluña (9.529 en Barcelona; 5.240 en Girona; 839 en Lleida y 2.452 en Tarragona) y la mayoría eran pisos turísticos (11.718), según los últimos datos del ministerio a los que ha tenido acceso el ARA. Hasta el momento, más de 340.000 viviendas se habían registrado con éxito en todo el Estado, 66.057 de las cuales lo habían hecho en Cataluña y casi la mitad (32.132 pisos) en Barcelona. El Principado es la tercera comunidad autónoma por detrás de Andalucía y la Comunidad Valenciana con más pisos registrados, sobre todo turísticos (44.625). Por tipología, la mayoría eran pisos turísticos (44.625).

Choque con las patronales

El choque por este registro único no solo se produjo entre comunidades y ministerio de Vivienda, que es quien se ha encargado de desplegar esta política. También la patronal de propietarios de pisos turísticos se plantó. "Lo que habría sido lógico es enviar los datos de las bases autonómicas en un solo registro para no crear duplicidades", reflexionaba Marián Muro, directora general de la Asociación de Pisos Turísticos de Barcelona (Apartur), hace unos meses. Apartur ha celebrado la decisión del Tribunal Supremo: "Generaba inseguridad jurídica", ha indicado la patronal a través de un comunicado.

España se convirtió en el primer país de la Unión Europea en desarrollar este registro único. De hecho, el reglamento europeo prevé que lo tengan todos los estados miembros. Lo que dice el Supremo, sin embargo, es que la normativa comunitaria no establece que este registro lo tenga que diseñar la administración central de un país y "aún menos incide en el régimen de distribución de las competencias existentes en los estados miembros". En el caso catalán, por ejemplo, existe el Registro de Turismo de Cataluña, pero desde que el gobierno central aprobó su norma se pide a aquellos propietarios interesados en registrar un inmueble que pidan la matrícula según lo que dicta la norma estatal. "El TS ha decidido dejar en manos de las comunidades los registros de alojamientos turísticos y de temporada. Les corresponde a partir de ahora velar por su cumplimiento", apuntan desde el ministerio.

Entendimiento por los recursos

La sentencia del Supremo ha coincidido con el reparto de los recursos del Plan Estatal de Vivienda 2026 - 2030 entre las comunidades autónomas y, a diferencia del registro único estatal, aquí sí que ha habido entendimiento. Las comunidades autónomas han avalado por unanimidad el plan estatal y los recursos que corresponden a cada territorio, tal como han explicado fuentes del ministerio después de la conferencia que se ha mantenido este jueves en Madrid. Los gobiernos autonómicos del PP han criticado de nuevo la medida, pero se han adherido a ella.

Los acuerdos se cerrarán de manera bilateral con cada comunidad, pero la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, ha celebrado que administraciones de colores políticos diferentes hayan acercado posiciones en una cuestión que ha tildado de "prioritaria". El plan está dotado con 7.000 millones de euros, 1.015 de los cuales irán destinados a Cataluña (609 millones los aporta el Estado y el resto del dinero la Generalitat).

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