La justicia acorrala una inmersión que no se aplica

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Unos niños entran en una aula de una escuela de Barcelona, el primer día de curso.

Como era previsible, el Tribunal Supremo (TS) no ha admitido a trámite el recurso de la Generalitat sobre la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que, en función de la ley Wert, obliga a dar un 25% de las clases en castellano en las escuelas catalanas. Si se aplicara supondría el fin del sistema de inmersión lingüística, concebido cuando se recuperó el autogobierno en los 80 para discriminar positivamente la lengua catalana después de 40 años de prohibiciones durante la dictadura franquista. La confirmación de esta sentencia, sin embargo, llega cuando la ley Wert ya no es vigente y ha sido sustituida por la ley Celaá (la Lomloe), que solo exige a la administración catalana que garantice el aprendizaje del castellano y el catalán teniendo en cuenta sus competencias. En todo caso, se establece un precedente jurídico que, aunque no sea de aplicación automática, queda como una espada de Damocles encima de la escuela catalana en función de cuáles sean las mayorías políticas en el Estado. De entrada, todo apunta a que, visto el clima de dependencia parlamentaria entre ERC y el ejecutivo del PSOE-Podemos, el gobierno español no pedirá la ejecución de esta sentencia y, por lo tanto, tal como ha asegurado el conseller de Educación, Josep Gonzàlez Cambray, los usos lingüísticos en el sistema educativo catalán continuarán como hasta ahora, entre otras cosas porque los resultados académicos avalan que los alumnos que estudian en Catalunya salen con un conocimiento del castellano equivalente al de los estudiantes del resto del Estado .

Pero que la coyuntura política actual garantice la supervivencia de la inmersión a pesar de la estocada judicial no quiere decir que esta no sea muy grave. En primer lugar, porque supone un nuevo paso en la judicialización del sistema educativo. En segundo lugar, porque denota la incapacidad, en este caso desde el alta judicatura, de entender y aceptar la pluriculturalidad del Estado: el catalán, segunda lengua más hablada de España, continúa bajo sospecha permanente y siempre con unos derechos cuestionados. Y en tercer lugar, porque la realidad desmiente todos los prejuicios y presupuestos subyacentes en la sentencia del TSJC cuando, como hemos sabido hace poco, la inmersión en la práctica ya hace tiempo que se aplica de una manera flexible o laxa, hasta el punto que menos de la mitad (un 46,8%) de los profesores se dirigen habitualmente en catalán a sus alumnos, mientras que solo un 39,4% de los estudiantes usan esta lengua al hablar con los maestros (estos datos son fruto de una macroencuesta al nivel de 4º de ESO). Hace 15 años, estos porcentajes eran del 64% y del 56%, respectivamente. En la práctica, pues, hoy el castellano es la lengua que predomina en las escuelas de Catalunya. ¿Qué sentido tiene, en este contexto, imponer judicialmente un 25% de uso del castellano en las aulas?

La inmersión es fruto de un amplio consenso social, político y pedagógico, el cual ha hecho posible a muchas personas venidas de fuera acceder a la lengua catalana, y ha evitado una fractura por motivos idiomáticos, fortaleciendo así la cohesión y la igualdad de oportunidades. Vista la evolución lingüística real en las aulas, lo que hace falta, de hecho, es el contrario de lo que ha sentenciado el TSJC y ha avalado el TS: toca incrementar el uso del catalán en la escuela si no se quiere poner en peligro su continuidad. Esto es lo que tiene que defender el Govern, tanto aquí como en el Congreso.

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