Protestas postsentencia

La Audiencia de Girona abronca al fiscal por haber intentado condenar sin pruebas a un joven a seis años de prisión

El tribunal absuelve al acusado, detenido durante las protestas postsentencia

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En un primer plan, en Robert, el acusado de tirar un adoquín a la Policía  Nacional durante las protestes postsentencia  en Girona. Al fondo, su abogado, Benet Salellas

GironaNueva sentencia absolutoria para uno de los detenidos durante los disturbios por la sentencia del Procés en Girona. Robert, el acusado, se pasó casi un mes en prisión preventiva y la Fiscalía le pedía seis años y medio de prisión porque sostenía que el joven lanzó un adoquín contra un agente de la Policía Nacional, que acabó herido. Sin embargo, la Audiencia de Girona considera que no hay pruebas que acrediten los delitos que se le imputaban, y recuerda a la Fiscalía que la palabra de los agentes "no puede sustituir un medio tan importante como la prueba".

El tribunal reprocha al ministerio fiscal que su relato "contiene una gran dosis de literatura en la narración de los hechos" porque dedica dos páginas a describir los diferentes disturbios que se produjeron en la ciudad, "sin situar en estos espacios al acusado". Es más, los magistrados aseguran que hay detalles de la acusación pública que existen "solo en la mente del redactor del grandilocuente escrito”; y da un toque al ministerio público porque basa su acusación en la palabra de los agentes. "No podemos permitir que el juicio oral sea un simple apoyo del atestado judicial", subrayan los jueces, que también destacan que los agentes de esta causa "están carecidos de imparcialidad" porque son precisamente ellos los perjudicados y los agredidos con el lanzamiento de piedras. 

Declaraciones policiales "no corroboradas"

La Audiencia, además, analiza la fiabilidad de los testigos policiales y, a pesar de que "no ponen en entredicho su credibilidad", considera que sus declaraciones "no quedan de ninguna forma corroboradas". Así, a los jueces les llama la atención que ninguna cámara de seguridad de la comisaría captara los hechos juzgados, y no entienden que las acusaciones no hayan explicado por qué no se han aportado estas imágenes. De hecho, a los magistrados les "llama poderosamente la atención" que se hayan aportado a la causa pruebas visuales de los disturbios genéricos, pero que no haya ninguno de la supuesta agresión, a pesar de que la cámara de la comisaría "enfoca decididamente hacia el ángulo en el que el suceso pudo producirse". 

Así mismo, los jueces comprenden la dificultad de la policía para recoger todas las piedras y objetos que les lanzaban, pero consideran que en este caso, en que se habla de un adoquín que el acusado habría lanzado a un agente, "la recogida del objeto era perfectamente posible sin error". "No se ha hecho nada en este sentido y se ha confiado que la palabra de los agentes sustituya un medio tan importante como la prueba, cosa que no podemos validar ni consentir", subrayan. 

En cuanto al agente herido y que ejercía de acusación particular, la Audiencia afirma que presentaba lesiones, a pesar de que se muestra sorprendida porque, cuando se habla del origen de estas heridas en los tres informes médicos, no hay ninguno que haga referencia al lanzamiento de una piedra de grandes dimensiones.

Por todo ello, el tribunal ha decidido absolver al joven que estaba acusado de los delitos de desórdenes públicos, atentado contra un agente de la autoridad y lesiones leves.

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