Tribunales

El Constitucional ampara a Otegi y rechaza que se le vuelva a juzgar por el caso Bateragune

Conde-Pumpido propina un doble revés en Marchena en dos días

2 min
El coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi, en una reciente manifestación en Bilbao

MadridEn los pasillos judiciales es conocida la enemistad entre Manuel Marchena, presidente de la sala segunda del Tribunal Supremo, y Cándido Conde-Pumpido, presidente del Tribunal Constitucional. Esta semana el segundo ha enviado dos golpes bajos al primero, un doble revés en sólo dos días. El martes el pleno del órgano de garantías anuló la condena del alto tribunal al exdiputado de Unides Podem en el Congreso Alberto Rodríguez y este miércoles ha decidido dar la razón al líder de EH Bildu, Arnaldo Otegi, y que no se le tenga que repetir el juicio por el caso Bateragune, por el que ya cumplió condena de prisión.

El episodio de Otegi tiene Marchena como principal protagonista. Como presidente de la sala segunda del Supremo tuvo que actuar en consecuencia una vez que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó en noviembre del 2018 que el dirigente vasco no había tenido un juicio justo en el caso Bateragune, el intento de reconstruir a la ilegalizada Batasuna bajo las órdenes de ETA, según la sentencia. Básicamente, Estrasburgo dio la razón a los denunciantes que alegaban que el tribunal de la Audiencia Nacional que les había juzgado no era imparcial. Tras la resolución del TEDH, en julio del 2020 Marchena coincidió con la Fiscalía en que era procedente anular la condena y repetir el juicio, aunque Otegi y los otros cuatro implicados ya habían cumplido la pena y estaban en libertad. En el caso del líder de EH Bildu, abandonó la cárcel de Logroño después de seis años y medio el 1 de marzo de 2016.

Según informa Europa Press, los siete magistrados considerados progresistas del TC avalaron la ponencia de Juan Carlos Campo –exministro de Justicia–, que proponía conceder el amparo a Otegi por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva. Según el criterio mayoritario, repetir el juicio atentaría contra el principio non bis in idem, que dice que no se puede juzgar a una persona por los mismos hechos dos veces. Habrá que ver si el político vasco podrá reclamar una indemnización en el Estado. En cambio, los cuatro magistrados de la órbita del PP han votado en contra y firmarán votos particulares.

Condenas sin marcha atrás

Las resoluciones del TC llegan cuando ya se han cumplido condenas. Tanto la de Otegi y el resto de condenados en el caso Bateragune como la de Alberto Rodríguez. En este segundo caso, Marchena formó parte del tribunal –no fue el ponente– que le condenó a un año y 15 meses de cárcel por un delito de atentado contra la autoridad. Sin embargo, la pena se sustituyó por una multa y se le mantuvo la inhabilitación. Lo que la mayoría progresista del TC ha considerado es que la inhabilitación debería haber decaído y no debería haber provocado la retirada del escaño que sufrió en la anterior legislatura, por decisión de la entonces presidenta, Meritxell Batet. Rodríguez presentó un recurso específico sobre la pérdida del acta de diputado que el órgano de garantías está por resolver, si bien la resolución de este martes marca el camino.

stats