Ley del audiovisual

Los detalles de la ley que excluye las cuotas para Netflix

El gobierno español sí que obliga a las plataformas extranjeras a reservar parte de los ingresos a producciones europeas

Nadia Calviño durante la rueda de prensa del consejo de ministros.
01/12/2021
2 min

MadridAl día siguiente de que el gobierno español especificara que plataformas con sede en el extranjero como Netflix y HBO quedarían al margen del establecimiento de cuotas para producciones audiovisuales en lenguas cooficiales, este miércoles ha trascendido el anteproyecto que llegó al consejo de ministros de martes. En el artículo 114 aparece lo que el gobierno español y Esquerra pactaron: "Los prestadores de servicios de comunicación audiovisual televisivo a petición -es decir, las plataformas de pago- reservarán a obras europeas un mínimo del 30% del catálogo. Como mínimo, el 50% de esta se reservará a obras en la lengua oficial del Estado o en alguna de las lenguas oficiales de las comunidades autónomas. De esta subcuota, se reservará en todo caso un mínimo del 40% a obras audiovisuales en alguna de las lenguas oficiales de las comunidades autónomas". Este es el 6% que se acordó.

Para encontrar la exención para las plataformas que no radican en España hay que ir hasta el artículo 3 de la normativa, que es el que define el ámbito de aplicación de la ley. En general, todo lo que dispone afecta a las empresas establecidas en el Estado, pero el punto 7 hace referencia a las que no: "El prestador del servicio de comunicación audiovisual que estando establecido en otro estado miembro dirija sus servicios al mercado español estará obligado a cumplir con lo que establece la sección 3a de el capítulo III del título VI". Este apartado no es el de las cuotas, sino el de financiación anticipada de obras europeas. Es decir, una parte de sus ingresos conseguidos en España tendrían que ir dedicados a pagar producciones o al Fondo de Protección a la Cinematografía. Esto afecta a las empresas radicadas en la Unión Europea con un volumen de negocio elevado que la ley no especifica pero que Unidas Podemos cifraba en su propuesta en más de 50 millones de euros de facturación.

Esta es la vía que se presenta viable para aumentar las producciones en lenguas cooficiales, vista la complicación de la fórmula de las cuotas. Desde el ministerio de Economía subrayaban el miércoles que la directiva europea no lo prevé para justificarlo. El artículo 13.1 dice así: "Los estados miembro velarán por que los prestamistas de servicios de comunicación audiovisuales a petición sujetas a su jurisdicción dispongan un porcentaje de un mínimo del 30% de obras europeas en sus catálogos". Queda especificada la referencia a las plataformas con sede en cada país en cuestión. El artículo 13.2 aborda la alternativa de la financiación: "Cuando los estados miembro exijan a los prestamistas de servicios de comunicación sujetas a su jurisdicción una contribución financiera a la producción de obras europeas (...), podrán asimismo exigir a los prestamistas de servicios de dirigidos a audiencias situadas en sus territorios pero establecidos en otros estados miembro que realicen estas contribuciones, que tendrán que ser proporcionadas y no discriminatorias".

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