Ley de Amnistía

Los primeros amnistiados del Proceso: Buch, el escolta de Puigdemont y una decena de manifestantes

El tribunal considera que la malversación, conectada con el Proceso, es amnistiable

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Miguel Buch.

BarcelonaHan pasado 26 días desde que el Congreso de los Diputados aprobó definitivamente la ley de amnistía y 14 desde su publicación en el BOE, que abrió la veda a su aplicación. Dos semanas después empiezan a llegar las decisiones judiciales, y ya están los primeros amnistiados: el exconseller de Interior Miquel Buch y Lluís Escolà, el sargento de los Mossos d'Esquadra condenado por hacer de escolta en el exilio de Carles Puigdemont , además de una decena de personas investigadas por enfrentamientos con la policía durante varias manifestaciones del Proceso. Así lo ha decidido este martes el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que ha aplicado la amnistía directamente, sin acudir ni al Tribunal de Justicia de la Unión Europea ni al Tribunal Constitucional para retrasarla, como debían apuntado algunas guías distribuidas desde el correo corporativo del Consejo General del Poder Judicial.

Y es que lo primero que hicieron los jueces con causas relacionadas con el 9-N o el 1-O una vez que la ley entró en vigor fue preguntar a la Fiscalía, a las defensas ya las acusaciones particulares o populares lo que pensaban: les dieron entre cinco y diez días para que se pronunciaran sobre si los encausados ​​eran amnistiables o no. En el caso de la sección de apelaciones de la sala civil y penal del TSJC, los magistrados Ángeles Vivas, Francisco Segura, María Jesus Manzano y Manuel Álvarez fueron los encargados de aplicar la amnistía.

Buch estaba pendiente de saber si el Tribunal Supremo confirmaba la sentencia, pero ahora no será necesario porque el TSJC ha dado por extinguida su condena a cuatro años y medio de cárcel por prevaricación y malversación. Estaba en la misma situación Lluís Escolà, que se ha encargado de la seguridad de Puigdemont en el exilio.

¿Cómo argumentan los magistrados esta decisión? En una resolución de 18 páginas, se dedican a realizar una justificación técnica de la aplicación de la ley. Primero repasan los hechos por los que estaban sentenciados Buch y Escolà –el primero por haberle contratado de asesor en Interior y el segundo por cobrar de ese trabajo mientras hacía de escolta a Puigdemont–; y después enumeran los artículos de la ley de amnistía que encajan en su situación. "El tribunal declara la extinción de la responsabilidad penal (y civil) de Miquel Buch y Lluís Escolà al quedar amnistiados los actos en virtud de los cuales fue declarada su responsabilidad criminal (y civil) en la instancia", decretan los jueces en el auto, al que ha tenido acceso el ARA. De hecho, esta decisión puede marcar un precedente en cuanto a la malversación, uno de los principales escollos con los que se puede chocar la amnistía, como ya demostró la discusión interna en la Fiscalía.

Los magistrados del TSJC consideran que la malversación es amnistiable porque está recogida en los artículos que se incluyen en el olvido judicial. Así, sentencian: "Los actos determinantes de malversación de caudales públicos no quedan excluidos de la amnistía siempre que tengan relación con algunos de los actos generales comprendidos" en la ley. Es decir, que se interpretará como amnistiable cualquier delito de malversación que tenga que ver con las conductas que comprende la ley: todas las dirigidas a promover, financiar o llevar a cabo las consultas del 9-N y el 1-O , así como aquellas dirigidas a desarrollar el Proceso oa acompañar oa favorecer a sus líderes para llevar a cabo estas conductas. Por ello, en el caso de Escolà y Buch el TSJC deja claro que su conducta encaja en la prestación de "asistencia, colaboración, asesoramiento, representación, protección o seguridad" a los responsables del 1-O. "Otra interpretación sería dejar sin efecto a la amnistía", afirma la resolución.

Los demás casos

El caso del escolta de Puigdemont ha sido el más mediático amnistiado este martes, pero no el único, puesto que han quedado amnistiadas trece personas. Fuentes del TSJC han explicado que también se han amnistiado los Tres de Granollers (detenidos el 1 de octubre de 2020 y condenados a tres años de cárcel por enfrentamientos con los Mossos) y Víctor Verdejo, detenido en Les Corts en diciembre de 2019 durante la protesta de Tsunami Democrático en el Camp Nou y condenado a tres años de cárcel por haber agredido a unos policías. También se aplica la amnistía a los detenidos del 30 de enero del 2018 (durante la investidura aplazada de Puigdemont) ya algunos de los encausados ​​por los enfrentamientos en Urquinaona tras la sentencia del Proceso, entre ellos el Oleksandr, que era quien tenía una pena más alta, de siete años y medio de cárcel.

Ahora bien, en los casos de lesiones, los agentes podrán exigir que se les indemnice, y también existe una excepción con respecto a los daños contra mobiliario urbano: uno de los manifestantes, Mario R., tendrá que compensar el Ayuntamiento de Barcelona por haber quemado contenedores durante las protestas.

El presidente, Pere Aragonès, no tardó en celebrar las decisiones judiciales. "La amnistía ya empieza a dar sus frutos. Se empieza a hacer justicia ya acabar con la persecución", ha declarado a X. Y también abogado Gonzalo Boye ha mostrado su satisfacción: "Gran trabajo con las compañeras Isabel Elbal y Judith Gené. Seguimos".

Pendientes del Supremo

La ley establece que los jueces apliquen la amnistía de forma prioritaria, aunque les deja dos meses de margen para hacerlo. Sin embargo, los efectos más inmediatos deberían llegar por la vía de las medidas cautelares. Por ejemplo, las órdenes de detención contra los exiliados, entre ellos contra Carles Puigdemont. Es una decisión que debe tomar el Tribunal Supremo, que ya sabe que la Fiscalía –por imposición de la Junta de Fiscales– es partidaria de la aplicación completa de la amnistía a todos los encausados, tanto en el caso del 1 -O como en el de Tsunami Democrático.

Aunque el independentismo apuntaba que más de un millar de personas se podrían beneficiar de la amnistía, la Fiscalía ha rebajado la cifra a 486, entre ellas el presidente y los consejeros del 1-O, el sottogobierno y los policías que actuaron en los colegios electorales.

Las vías para resistirse a la amnistía son diversas: los jueces pueden presentar una cuestión prejudicial en Europa –como, por ejemplo, pedían los fiscales del Supremo– y también pueden acudir al TC. La vía del Constitucional también está abierta para las administraciones, y el PP ya ha anunciado que recurrirá a ella la ley de amnistía como hizo en el 2006 con el Estatut. Lo harán también sus gobiernos y Parlamentos autonómicos: este martes el legislativo de Cantabria ha aprobado presentar un recurso de inconstitucionalidad con los votos del PP y Vox porque la amnistía "discrimina a unos españoles frente a otros" y "vulnera el principio de 'igualdad ante la ley'.

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