Caso Borràs

La suspensión automática por corrupción: una excepción en las cámaras del Estado

Los partidos, sin embargo, sí que están obligados a apartar a militantes

3 min
La escalera de honor del Parlamento  conduce a la planta noble, donde hay el hemiciclo.

BarcelonaParadójicamente, un artículo aprobado deprisa y corriendo por el independentismo para ahorrarse un quebradero de cabeza ahora puede generar otro mucho más grande. 25.4 es el número más repetido estos días en los pasillos del Parlament porque es el artículo que podría dejar a su presidenta, Laura Borràs, suspendida de funciones. El reglamento especifica que, cuando se abre un juicio oral por corrupción, la mesa tiene que acordar la suspensión de los derechos y deberes de un diputado, y Borràs está muy cerca del banquillo de los acusados por el caso de la ILC. Todo esto podría tener unas consecuencias imprevisibles que poco se imaginaban Junts pel Sí y la CUP el 2017. El artículo se tramitó en forma de enmienda de los cuperos en el pleno y estaba pensado con un único objetivo: apartar a Germà Gordó, de JxSí, pero que acabó como no adscrito, cuando fue procesado por el caso 3%. El 25.4, sin embargo, no sirvió de nada. Gordó acabó la legislatura, todavía no se le ha abierto juicio oral y el artículo no se ha aplicado nunca.

Ni en Catalunya ni en ninguna otra parte, puesto que el 25.4 es una excepción reglamentaria. En el Estado, ninguna cámara autonómica –ni tampoco el Congreso– prevé un supuesto parecido. El único artículo que se le acerca es uno que se ha incorporado en la última década en los parlamentos de las Baleares, Asturias, Aragón y también Catalunya: cuando se abre un juicio oral a un diputado, el pleno puede decidir por mayoría suspenderlo. En Aragón, esta mayoría es de dos tercios, y en Asturias, las Baleares y Catalunya, absoluta. En los otros parlamentos no hay ninguna figura que permita suspender a un diputado por su procesamiento –sí que lo avalan cuando la prisión preventiva impide que desarrolle sus funciones o hay una condena firme.

El 25.4, pues, es una excepción porque ninguna mayoría parlamentaria suspende al diputado, sino que lo hace la mesa de forma automática. Así, los expertos constitucionalistas coinciden en el hecho que esto puede llegar a ser más lesivo que el supuesto que lo decida el pleno de la cámara. “El Parlament decide si la presunción de inocencia cae ante la necesidad de dar una buena apariencia”, explica Montserrat Nebrera, profesora de la Universitat Internacional de Catalunya. “Las cámaras tienen que proteger su reputación”, añade Xavier Arbós, catedrático de la Universitat de Barcelona. Por lo tanto, en los casos en que lo vota el Parlament es como un “tipo de suplicatorio pasivo”, en palabras de Nebrera, y se ve reflejada la “soberanía” de la cámara. La aplicación del 25.4, sin embargo, no la vota nadie.

Ahora bien, esto no quiere decir que no se respete la presunción de inocencia. Hay opiniones diversas. Arbós cree que no la vulnera porque suspende los derechos, no los suprime. “Todo lo que sea sancionar por la apertura de un juicio oral va en contra de la presunción de inocencia”, argumenta, por el contrario, Joaquín Urías, profesor de la Universidad de Sevilla, que aun así no cree que el 25.4 sea “inconstitucional”. Lo que todos consideran que genera “inseguridad jurídica” es que este artículo no especifique qué delitos engloba el concepto de corrupción. “Está mal hecho”, dice Nebrera. Arbós habla en términos de “referencia desmañada”. De hecho, los letrados de la cámara ya apostaron por eliminarlo en la última propuesta de reforma del reglamento, pero los partidos, a excepción de Junts, de momento no se han abierto a ello.

Peaje para los afiliados

El contenido del 25.4 es una excepción en el ámbito parlamentario, pero, en cambio, todas las formaciones políticas tienen que aplicar lo que establece. Así lo recoge la ley de partidos: “Hay que establecer la suspensión cautelar” de militancia cuando se abre un “juicio oral por un delito relacionado con la corrupción”. Este artículo se adoptó en 2014 después de que varios casos de corrupción salieran a la luz. Siguiendo esta premisa, pues, Borràs tendría que romper temporalmente el carné de Junts cuando se le abre el juicio. El partido, sin embargo, aprobó en su congreso de hace una semana un cambio de estatutos para que en los casos de “lawfare” no se suspenda a los militantes. En el Parlament, Borràs no tiene tantos aliados para cambiar el reglamento a última hora.

stats