Banca

Un juez condena a Triodos por "engañar" a un cliente con sus 'preferentes'

El banco ético tendrá que devolver a un cliente navarro los 5.994 euros que invirtió en CDA

2 min
Suyo central de Triodos Bank / TRIODOS

BarcelonaEl escándalo de las CDA, las preferentes que comercializó Triodos Bank para captar 1.200 millones de euros de 46.500 clientes, 7.000 de los cuales en España, empieza a recibir las primeras sentencias judiciales en Navarra, y el ARA ha tenido acceso a una de ellas. El juzgado de instrucción número 5 de Pamplona ha condenado al banco con sede en los Países Bajos a devolver a un cliente los 5.994 euros que invirtió en este producto financiero de riesgo, más los intereses por el tiempo que no ha contado con este dinero.

En su resolución, la magistrada es contundente: "La entidad financiera engaña al cliente que tiene sus ahorros depositados con una clara finalidad de seguridad económica bajo la premisa de la disponibilidad inmediata", se lee en la sentencia. En efecto, según los afectados por este producto, se lo colocaban a los clientes asegurando que podrían recuperar su dinero cuando quisieran, cosa que resultó falsa. En 2020, cuando la demanda de CDA se desvaneció, Triodos Bank cerró el mercado y los ahorros de los clientes que habían invertido en el producto. La situación es muy similar a la que se produjo durante la Gran Recesión con las preferentes, con idéntica consecuencia: los ciudadanos no tienen acceso a sus ahorros y la solución que proyecta el banco les comportará una pérdida mínima de un tercio del total.

Clientes desinformados

La sentencia insiste en que Triodos incumplió su deber de informar de los riesgos que comportaba un producto que el propio banco calificaba, en una escala de riesgo, en seis puntos sobre seis, el más elevado. Sobre este punto, insiste en que el banco cometió el engaño porque no informó al cliente: "...omisión consciente de los deberes profesionales". Por eso entiende que el cliente compró los certificados de depósitos de acciones con lo que en derecho se denomina error vicio: "La representación mental que sirvió para la representación del contrato era equivocada o errónea". "Es razonable – prosigue la magistrada– que el ciudadano medio pueda sentirse atraído por el producto" cuando no lo informaban de que "este mercado podía cerrarlo la entidad y el cliente perdería la totalidad de la inversión".

"El actor, sin estudios ni conocimientos financieros, no podría deducir el riesgo derivado del contrato que estaba firmando a pesar del test de conveniencia que la entidad le había practicado", concluye la sentencia.

El abogado del Col·lectiu Ronda Òscar Serrano ha expresado su satisfacción por una sentencia que "es contundente y habla de engaño", cosa que la parte afectada no hacía en el escrito. Serrano ha presentado unas 150 demandas por CDA y espera para los meses próximos las primeras resoluciones de afectados en Catalunya.

Por su parte, Triodos ha declarado a este diario que valora “seriamente” la presentación de un recurso por su desacuerdo con los argumentos de la magistrada y recuerda que "dos sentencias anteriores sobre demandas similares fueron favorables a Triodos Bank". De las cuatro sentencias que se conocen dos son favorables al banco y dos dan la razón a los clientes.

stats