Justicia

"Es como mentir sobre los gustos musicales": la justicia rechaza el caso del policía infiltrado en movimientos sociales

Los magistrados cierran la puerta a la investigación y las denunciantes lo llevarán al Supremo

ARA
3 min
Agentes de la Policía  Nacional

BarcelonaEn los últimos dos años en el Estado se han denunciado nueve casos en los que movimientos sociales habían detectado la infiltración de policías nacionales entre sus filas. En Barcelona se denunciaron dos en menos de seis meses de diferencia. Uno de los policías era DHP, que llegó a la ciudad en mayo del 2020, se acercó al gimnasio del centro social okupado La Cinétika, en Sant Andreu, y se convirtió en un habitual en asambleas y conciertos. Se ganó la confianza del entorno hasta el punto de que mantuvo relaciones sexuales y sentimentales con ocho activistas. Al descubrir el engaño, las mujeres se querellaron por agresión sexual, un delito contra la integridad moral o tortura, descubrimiento y revelación de secretos e impedimento del ejercicio de los derechos civiles. El juez que recibió la denuncia archivó el caso a petición de la Fiscalía, pero las acusaciones insistieron en ella presentando un recurso. Ahora, la Audiencia de Barcelona ha cerrado de nuevo la puerta a investigar el caso asegurando que no ve delito en la actuación del policía infiltrado. Una decisión que las activistas, representadas por abogadas de Irídia y la CGT, ya han anunciado que acudirán al Tribunal Supremo para que siga indagando.

Al contrario de lo que denunciaron las chicas, los jueces descartan en dos autos, a los que ha tenido acceso el ARA, que se pueda hablar de agresión sexual porque, según los magistrados, ellas accedieron y consintieron las relaciones . En el escrito consideran que el hecho de que el hombre ocultara su identidad real no pone en entredicho el consentimiento de las chicas, y lo argumenta con comparaciones que hacen referencia a cuestiones que las víctimas no habían denunciado. "Si estiremos el chicle, podríamos llegar al absurdo de considerar sospechoso de agresión sexual a quien miente a su futura pareja sexual sobre cuestiones como sus gustos musicales o el equipo de fútbol de quien es seguidor", dice el tribunal quitando hierro al engaño que denuncian las activistas.

Los jueces creen que, si aceptaran el planteamiento de las acusaciones respecto a la falta de consentimiento, el razonamiento llevaría a considerar un delito "gran cantidad de relaciones sexuales" en el que uno de los dos ha escondido alguna información. "Es más, incluso podría darse la circunstancia de que se considerase víctima de agresión sexual a quien, creyendo que su compañero era tan buen amante como se había anunciado, viera sus expectativas de placer frustradas considerando viciado el consentimiento que había dado", añaden. En el escrito, incluso, se compara la situación que denuncian las chicas con el caso hipotético en el que una persona denuncie ser víctima de agresión sexual por el mero hecho de que su amante no haya cumplido con las expectativas sexuales que había prometido.

"Hay muchos casos en los que la conducta de una persona duele a otra, pero no por eso la conducta es delictiva", apuntan los jueces. Siguiendo con los ejemplos alejados del contenido de las denuncias, en el escrito también añaden que "si una persona decide romper una relación sentimental, la otra persona puede sufrir un daño psicológico o emocional, pero no por eso quien ha causado la ruptura cometido un delito".

Descartan la vejación

En el recurso contra la primera decisión de archivar el caso, las activistas añadieron que en las relaciones sexuales sufrieron violencia física y prácticas no consentidas. Los jueces les reprochan que no lo dijeran en la primera denuncia, y ponen en duda estas acusaciones teniendo en cuenta "que la relación se prolongó durante meses, si realmente se hubieran producido prácticas que rechazaban no habrían reiterado su consentimiento para nuevos actos sexuales".

Las denuncias también señalaban como una vejación haber mantenido relaciones sexuales bajo este engaño. En este caso los jueces reprochan que "trasluce una concepción muy arcaica de la sexualidad" cuando se considera "vejatorio y humillante" que una mujer tenga relaciones sexuales. También descartan que el policía se aprovechara de una situación de superioridad, y respecto a su oficio reprochan a las denunciantes que "la condición de agente de policía no implica que una persona deba ser condenada con mayor facilidad o menos rigor".

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