Límites a los grifos de los hoteles de los municipios que gasten más agua durante tres meses

El Govern deja en manos de los ayuntamientos el control del consumo turístico para que se equipare al doméstico

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Una piscina comunitaria que se ha mantenido llena con agua salada, durante la sequía

BarcelonaCon una temporada de verano incierta de antemano a causa de las (todavía) bajas reservas en los embalses, el Govern pondrá por primera vez restricciones de consumo de agua en el turismo. Ahora bien, sólo lo hará si el municipio en el que están ubicados los establecimientos incumple la nueva dotación de agua permitida durante tres meses consecutivos. Vía decreto, la Generalitat ha modificado el plan de sequía y ahora fija para cada habitación de hotel los mismos límites que existen para el consumo doméstico: 115 litros en localidades en situación de excepcionalidad; 100 litros por emergencia o emergencia 1, y 90 litros en fase de emergencia 2. Si no se sobrepasa la dotación, el umbral es recomendable, no obligatorio.

Esto quiere decir que para que la restricción afecte a un municipio en fase de emergencia 1, como Barcelona, ​​será necesario que el consumo total de la localidad supere los 100 litros por persona y día. Fuentes gubernamentales subrayan que la modificación del plan no altera la dotación de agua en alta; el agua que recibe cada ayuntamiento por cada ciudadano censado y estacional y que es de 200 litros por persona y día. "Hasta ahora no se concretaba el tope que podía utilizar cada establecimiento y sólo se concretaban las limitaciones en alta –ha explicado la portavoz del Govern, Patrícia Plaja–; ahora se introduce de forma concreta el consumo máximo por plaza". Con este cambio, el Ejecutivo quiere que el consumo turístico se asimile al de un ciudadano catalán, que ahora gasta unos 100 litros al día en estado de emergencia.

La supervisión del cumplimiento de los umbrales recae únicamente en los ayuntamientos, ya que los alojamientos se abastecen de las mismas redes de suministro que los domicilios y, si estos hoteles gastan más agua de la que les está permitida, repercutirá en el consumo total del municipio. En estos casos, debe ser el gobierno de turno quien, mediante la ordenanza municipal, multi el establecimiento. "La Generalitat no tiene competencias para multarlos; sólo a ayuntamientos y operadores", explican fuentes gubernamentales.

En este sentido, el decreto modifica el régimen sancionador y, a partir de ahora, se tendrá en cuenta un período trimestral consecutivo de la infracción (y no mensual, como hasta ahora), para "tener en cuenta la tendencia en la evolución del consumo". El exceso de gasto de agua leve se sancionará con multas de hasta 10.000 euros; la grave, con entre 10.000 y 50.000 euros; y la muy grave con hasta 150.000 euros.

Piscinas como refugios climáticos

El decreto también permitirá llenar piscinas públicas y privadas siempre y cuando los ayuntamientos las censen como refugios climáticos y se abran a la ciudadanía para hacer frente a las altas temperaturas del verano. Los ayuntamientos serán los encargados de gestionarlo y decidir qué piscinas de comunidades de vecinos, clubs deportivos, hoteles o campings se convierten en refugios climáticos. Las elegidas tendrán que ser notificadas a la Agencia Catalana del Agua.

Una piscina vacía de un hotel, rodeado de segundas residencias, en Cadaqués.
Imagen aérea del pantano de Darnius-Boadella, que recoge agua de la Muga.

Con las piscinas públicas, los consistorios sólo tendrán que hacer la inscripción al censo, pero en caso de que el servicio forme parte de un complejo hotelero, de un camping o de una comunidad de vecinos, tendrá que negociar con el propietario las condiciones de uso: el aforo, si es necesario pagar entrada para entrar, en qué horarios estará abierta, o si es necesario poner más socorristas. De esta forma, un club deportivo podrá facilitar el acceso a un casal de verano. O una comunidad de vecinos permitir su acceso a no residentes. En caso de que los propietarios privados de alguna de estas piscinas se nieguen a abrirse al público, no serán clasificadas como refugios y no podrán llenarse. En general, las piscinas de particulares no recibirán esta consideración y, por tanto, no se podrán rellenar.

Desalinizadoras privadas

El Gobierno también ha introducido en el decreto las condiciones a partir de las que se pueden utilizar las desalinizadoras móviles de titularidad totalmente privada, como pedían los hoteleros de Lloret. Esta herramienta no estaba prevista cuando se elaboró ​​el plan de sequía y, según Plaja, no compromete al resto de recursos hídricos del sistema.

Aunque ya se sabía que quedarían fuera de las limitaciones del plan de sequía, este martes el ejecutivo ha fijado que sólo se podrán utilizar si se financian al 100% con fondos privados; si el usuario tiene la concesión de uso privado; si se utiliza para su actividad económica; si el propietario presenta un plan de ahorro de consumo de agua respecto a su consumo en situación de normalidad; si la llegada de agua al punto de utilización se realiza con un almacenamiento mínimo de siete días o llega a la red de distribución, y que, en caso de que se constituya una comunidad de usuarios, se ofrezca la entrada a explotaciones agrícolas o ganaderas que tengan dificultades en el suministro de agua.

El vicepresidente primero de la Asociación Catalana de Municipios (ACM), Jaume Oliveras, valora positivamente el decreto ley del Gobierno que prevé un cambio en el régimen de sanciones y reconoce la potestad de los entes locales de considerar en qué casos una piscina es un refugio climático.

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