Revés a Manos Limpias: la justicia acusa al sindicato ultra de instigar una "causa general" por la DANA

Las denuncias afectaban a responsables de la Aemet, de la Confederación Hidrográfica del Júcar y de la Agencia Valenciana de Emergencias

Destrucción en Paiporta.
09/01/2025
3 min

BarcelonaEl juzgado de instrucción 15 de Valencia ha archivado las dos denuncias de Manos Limpias contra los responsables de la Aemet, la Confederación Hidrográfica del Júcar y la Agencia Valenciana de Seguridad y Emergencias por la gestión de la DANA que dejó a 224 víctimas mortales en la Comunidad Valenciana el 29 de octubre. El magistrado cree que el sindicato de extrema derecha no ha justificado suficientemente que los denunciados cometieran ningún delito, y reprocha que Manos Limpias pretende hacer "una causa general o investigación prospectiva".

En un auto que ha dictado este jueves, el juez descarta investigarles tras constatar que la denuncia de Manos Limpias hacía un planteamiento "completamente genérico, que aboca a una auténtica investigación o causa general". Por eso recuerda al sindicato ultra que es ilegal abrir causas penales para "investigar en general a una persona, un ámbito profesional o empresarial entero o un fenómeno social, por más atroces o lamentables que puedan parecer".

En concreto, la denuncia se dirigía contra la presidenta de la Aemet, María José Rallo; el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo, y el entonces secretario valenciano de Emergencias, Emilio Argüeso. Manos Limpias les atribuía los presuntos delitos de homicidio imprudente, lesiones y daños por imprudencia. El archivo que ha dictado el juez este jueves es provisional porque aún puede recurrirse la decisión.

La denuncia de Hazte Oír, pendiente

Esta decisión judicial supone un revés más a los múltiples intentos de hacer que los tribunales investiguen las responsabilidades por la gestión de la DANA en la Comunidad Valenciana. El 23 de diciembre el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) inadmitió las tres querellas y las cuatro denuncias presentadas contra el presidente valenciano, Carlos Mazón. Estas querellas y denuncias provenían de distintos actores, entre ellos el colectivo populista Iustitia Europa y el sindicato CGT.

El tribunal rechazó las querellas y denuncias porque no veía indicios suficientes para abrir una causa a un aforado. Con esta resolución, la investigación de la gestión de la emergencia quedaba en manos de los juzgados de instrucción, a los que también podrán dirigirse las entidades que han visto frustradas sus intenciones en el TSJCV.

Tras el archivo que ha dictado este jueves el juzgado de instrucción 15, queda pendiente de esclarecer el futuro de la denuncia que Hazte Oír presentó en el juzgado de instrucción 10 contra la delegada del gobierno español en la Comunidad Valenciana , Pilar Bernabé. Esta denuncia fue inadmitida en un primer momento por un defecto de forma, que la entidad puede enmendar para volver a intentar que salga adelante.

Ningún indicio contra los denunciados

En el auto de este jueves, el juez constata que no existen indicios de delito de ninguno de los tres denunciados. En cuanto a la presidenta de Aemet, María José Rallo del Olmo, el juez critica que Manos Limpias no expone ningún hecho que se le pueda atribuir y que suponga un delito. Además, el magistrado repasa las funciones que le corresponden por su cargo y añade que el sindicato ultra tampoco indicó cuáles habría omitido y que supuestamente tendrían alguna relación con las muertes que provocó la DANA. De igual modo, descarta ningún indicio a la denuncia en referencia al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo. En su caso, el juez incluso considera que no "se llega a entender" el porqué de la denuncia.

Respecto al entonces secretario de Emergencias de la Generalitat Valenciana, Emilio Argüeso, el juez critica que la denuncia de Manos Limpias no aclara ningún motivo por el que se le denuncia a él y no "a cualquier otro". Otro elemento que Manos Limpias apuntaba en la denuncia por intentar encausar a Argüeso es la tardanza en la alerta de emergencias a los móviles de la ciudadanía, que no llegó hasta las 20.11 horas, cuando muchos municipios ya estaban inundados. El juez responde que "se ignora el motivo" por lo que esto podría ser una base sobre la que imputar a Argüeso. En conclusión, el magistrado cree que no hay "un solo hecho" que pueda atribuírsele que suponga un delito.

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