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¿Qué nivel de catalán se exige ahora a los inmigrantes?

La ley garantiza en principio que las lenguas oficiales deben aprenderse y hay unos cursos para hacerlo, pero esto no quiere decir que sea decisivo para el permiso de residencia

Un libro de Gramática de la lengua catalana en una imagen reciente
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BarcelonaEl secretario general de Junts, Jordi Turull, y la portavoz del partido de Carles Puigdemont en el Congreso, Míriam Nogueras, han recalcado en los últimos días que, cuando se efectúe la delegación de las competencias de inmigración, el conocimiento del catalán será un "requisito" para obtener el permiso de residencia en Cataluña. Unas declaraciones que han hecho alborotar a la derecha y han provocado la reacción del gobierno español. El ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, dijo que "no hay ninguna referencia a ningún requisito" en la proposición de ley y la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, aclaró que "la lengua no es un requisito para denegar un permiso, expulsar a una persona o prohibir la entrada" ". El presidente español, Pedro Sánchez, ha asegurado, en cualquier caso, que "en nuestra Constitución viene recogido, además del castellano, la cooficialidad de otras tres lenguas. Y en la ley de extranjería se dice que se necesita también un conocimiento de las lenguas que se hablan en cada uno de sus territorios". ¿Cuál es ahora el nivel de catalán que se exige a los inmigrantes para el permiso de residencia?

Hace cinco años que Mariló Carrasco llegó a Catalunya desde Colombia, pero no fue hasta septiembre del 2024 cuando pudo obtener el primer permiso de residencia, que tiene una vigencia de un año. Explica al ARA que para ello tuvo que acreditar el arraigo social; la vía más común de las previstas en la ley de extranjería, desarrolladas por la Generalitat. Esta acreditación se obtiene, ya sea a través de sólo 45 horas de cursos del Consorcio de Normalización o de demostrar un buen nivel en la entrevista que se realiza con el funcionario del ayuntamiento. Carrasco está trabajando en la misma empresa de limpieza que la contrató y que le permitió la regularización, pero su gran miedo es quedarse en paro, lo que le complicaría la renovación.

No se deniega el permiso por no saber catalán

El artículo 2 ter de la ley de extranjería menciona "el aprendizaje del conjunto de las lenguas oficiales" como "factores esenciales de integración"; el artículo 68 habla de la participación en "programas de inserción sociolaborales y culturales" para los informes de arraigo, y el artículo 31 deja claro que, para renovar el permiso de residencia, "se valorará especialmente" que la comunidad autónoma emita "un informe positivo" que "certifique la asistencia a las acciones formativas previstas en el artículo 2". Sin embargo, es la Generalitat la que ha regulado la acreditación de lenguas para los permisos de residencia.

Según recoge la instrucción del 2017 de la Generalitat, la administración catalana exige para la primera renovación del permiso de residencia "una competencia lingüística básica en catalán y en castellano si puede entender palabras cotidianas y frases simples, e interactuar de una manera muy sencilla siempre que la otra persona hable despacio y con poco". En el Vall d'Aran, el idioma en juego también es el aranés. Este paso es obligatorio para obtener el informe de esfuerzo e integración para el arraigo social, que tramita la Generalidad desde 2012, mediante la dirección general de Migraciones y Refugio del departamento de Derechos Sociales e Inclusión. Aprobado, este informe sirve tanto para iniciar otros trámites como para obtener el informe para la autorización por arraigo, la renovación de la autorización de residencia temporal, la adquisición de la nacionalidad por residencia y el acceso al mercado de trabajo.

¿Pero cómo se evalúa? A través de la entrevista con el funcionario del ayuntamiento, aportando un certificado oficial de nivel de catalán por parte de Política Lingüística, de al menos el nivel A1 o A2, o bien asistiendo a un curso de formación mínima de sólo 45 horas. Este curso debe acompañarse de "certificaciones emitidas por el Consorcio para la Normalización Lingüística" o entidades con convenio que hagan mención de "la fecha de la formación y de las horas de asistencia".

Incluso se matiza: "Si en el transcurso de la entrevista se constata que la persona solicitante no habla y no entiende ninguna de las dos lenguas oficiales, el documento propuesta y el informe serán desfavorables, aunque haya realizado formación lingüística". Ahora bien, respecto al catalán, según admiten los técnicos, aunque sean desfavorables por el desconocimiento del catalán, lo habitual es que la Oficina de Extranjería ignore este punto. Aunque esto no conste en ningún sitio, según fuentes conocedoras consultadas por el ARA, no desarrollarse mínimamente en catalán no es un motivo para denegar ningún tipo de permiso si se tienen el resto de requisitos en orden.

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