Tribunales

El TSJC archiva la investigación contra la diputada de la CUP Laia Estrada

Una juez la responsabilizaba de desórdenes por mover una valla durante una manifestación en 2018

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La diputada de la CUP Laia estrado, en una imagen de archivo

BarcelonaMover una valla cerca de un edificio judicial no es una acción de suficiente entidad para ser considerada un delito de desórdenes públicos. Este es el argumento con que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha archivado la investigación contra la diputada de la CUP Laia Estrada, a quien una juez de Tarragona hacía tiempo que investigaba a raíz de su participación en una manifestación en 2018. Tras revisar la documentación de la causa y atendiendo al criterio de la Fiscalía Superior de Catalunya -que tampoco ve delito en el comportamiento de Estrada- el alto tribunal ha exculpado la diputada de la CUP.

A Estrada la investigaban por disturbios en una manifestación en Tarragona bajo el lema 'Tombem el Règim' que se hizo contra el consejo de ministros que se hizo en Barcelona en 2018. La juez de Tarragona que llevaba el caso llegó a pedir una orden de detención de la diputada de la CUP, después de que no se presentara a declarar voluntariamente en el juzgado cuando la citó para interrogarla como investigada. La decisión judicial levantó polvareda, puesto que Estrada es aforada en el Parlament y la ley marca que a los diputados solo les pueden detener en caso de delito "flagrante". De hecho, la orden de búsqueda y captura estuvo vigente pocas horas porque la misma juez la retiró.

Estrada siempre ha asegurado que la manifestación había sido pacífica. Según la juez, sin embargo, en el transcurso de la protesta Estrada había movido una valla, lo que permitió "que los manifestantes accedieran a la calle de la puerta principal de la Audiencia de Tarragona, por lo que se tuvo que formar un cordón policial para preservar las instalaciones y la integridad de las personas en el edificio judicial".

Dos años y medio investigada para nada

En su resolución, el tribunal critica que a pesar de los dos años y medio que ha durado el caso, la juez no haya profundizado en la investigación contra la diputada. Le reprocha que se limitara a adjuntar a la causa el informe de la policía sobre la manifestación -en el que el tribunal subraya que "no hubo detenidos"-, la identificación de Estrada como una de las manifestantes y la orden citándola a declarar. De hecho, el magistrado que ha redactado la resolución, Fernando Lacaba -expresidente de la Audiencia de Girona-, le reprocha que les haya hecho perder el tiempo teniendo que buscar en la minuta policial los hechos que la juez atribuía a Estrada, porque ni tanto solo constaban en la exposición razonada que les envió pidiéndoles que se hicieran cargo del caso.

El tribunal concluye que las diligencias practicadas contra la diputada de la CUP son "prácticamente inexistentes y totalmente insuficientes" para poder atribuirle un delito de desórdenes públicos que "justificara" que la causa llegara al TSJC. "Como bien apunta la Fiscalía Superior en su informe, del simple hecho de retirar una valla que daba acceso a una calle de acceso al Palacio de Justicia de Tarragona no se puede inferir la presunta comisión de un delito de desórdenes públicos o de desobediencia", argumentan los magistrados.

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