Vivienda

Victoria judicial de los grandes tenedores: no sabremos quiénes son

La sentencia del Supremo pone palos en las ruedas al Registro de la Generalitat

El primer semestre del 2018 se notó una caída de la actividad en Barcelona, pero la compra de la sede de Planeta por Blackstone fue el desenlace.
10/09/2026 - 19:28 h.
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BarcelonaLos grandes tenedores de vivienda están en el punto de mira político y social, ante la grave crisis de la vivienda que sufre Cataluña (y el resto de Europa). El Govern tiene en el horno el decreto para crear el Registro de grandes tenedores, que el Parlament aprobó crear en marzo de 2022. Según el borrador, que todavía está pendiente de aprobar definitivamente, y al cual ha tenido acceso el ARA, la Agencia de la Vivienda quiere poder publicar en su página web la razón social –el equivalente al nombre– y el NIF de las personas jurídicas que sean consideradas grandes tenedoras.

Parece que no acabará siendo así. En una sentencia consultada por el ARA, el Tribunal Supremo ha decidido que revelar estos datos, que afectan a las personas jurídicas, no a las físicas, que están protegidas por la ley de protección de datos, supone un "perjuicio para la seguridad pública". Con la razón social y el NIF del gran tenedor, cualquiera puede hacer una búsqueda en el Registro de la Propiedad y obtener la dirección exacta de los pisos en manos de aquella persona jurídica, hecho que, según el alto tribunal, incrementa "de una manera relevante el riesgo de ocupación ilegal".

"Puede consistir en la generación o el incremento de un riesgo para las personas o los bienes, incluso si no llega a producirse un daño efectivo", alerta. Según un informe de Obra Social Bcn de 2020, el 82% de los pisos okupados en Cataluña eran propiedad de grandes tenedores. Aunque el Registro de grandes tenedores todavía no está activo, actualmente están obligados a notificar su condición a la Agencia de la Vivienda de Cataluña a través de un formulario en su página web.

La petición de un periodista

El conflicto sobre el conocimiento público de los datos de los grandes tenedores ha acabado en manos del Supremo a raíz de una petición de transparencia de un periodista del digital Crític. El Govern accedió a darle el listado de grandes tenedores, una decisión que la Cámara de la Propiedad llevó al Tribunal Superior de Justicia (TSJC), que le dio la razón. La Generalitat recurrió contra el veredicto del TSJC ante el Supremo, que lo ha ratificado. A preguntas del ARA, la Conselleria de Territorio no ha valorado la resolución judicial.

"Esta sentencia dice que lo que no sabremos son los nombres de los grandes tenedores, pero tendremos la información anonimizada de cuántos hay en Cataluña", ha explicado la abogada de la Cámara de la Propiedad, Ana Just. A su parecer, la Generalitat tendrá "que modificar" el borrador de decreto que ha preparado para poner en marcha el Registro. La decisión del Supremo no afecta a las personas físicas que son grandes tenedoras, porque están amparadas por la ley de protección de datos.

¿Quiénes son grandes tenedores, y qué implica?

Según la Ley de Vivienda de Cataluña, en la cual se han ido incorporando las modificaciones normativas de los últimos años para abordar la crisis de la vivienda que asola el país, son grandes tenedores las entidades financieras, los fondos de inversión –conocidos popularmente como fondos buitre– y las personas físicas y jurídicas que tengan la propiedad o el derecho de explotación de cinco inmuebles o más en Cataluña. La administración catalana endureció la norma estatal, que pone el umbral en las diez viviendas. En el borrador de decreto para crear el Registro de grandes tenedores, la Generalitat defiende que ayudará a garantizar que los inmuebles "favorezcan el interés y la función social" para la que fueron creados.

Más allá de esta medida, los grandes tenedores están sujetos a otras restricciones, como por ejemplo un incremento de hasta el 20% del impuesto de transmisiones y el hecho de que el alquiler no puede superar nunca el índice de precios, por más que anteriormente estuviera por encima. Además, si ofrece una vivienda en una zona de mercado residencial tensionado (ZMRT), deberá hacer constar la condición de gran tenedor, igual que en el contrato de arrendamiento.

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