El análisis de Antoni Bassas: 'Condenados por un delito que no cometieron'

Podemos anotar con alivio que hay dos magistrados del TC que consideran que el delito de sedición no se entiende y que las penas no fueron proporcionadas. Y esto se parece a lo que tantas veces hemos dicho: políticos demócratas condenados por un delito que no cometieron

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Cuando me siento cada día ante esta cámara lo que más me preocupa es acertar el sujeto sobre el que tengo que hacer el análisis, acertar en el sentido de no hacerles perder los cuatro o cinco minutos que destinan a seguir estas reflexiones matinales sobre la actualidad en el ARA.

Hoy, por ejemplo, los ojos se me van con lo que titulamos en la portada: "El sindicado Comisiones Obreras urge a formar gobierno para evitar que la planta de baterías por el coche eléctrico se vaya a Aragón". Lo dijo ayer, en este plató, el secretario general de Comisiones Obreras de Catalunya, Javier Pacheco.

Ya veremos qué pasará, Pacheco no habla por hablar. En todo caso, esta es una de esas decisiones estratégicas sobre la economía del futuro que afecta a nuestro país. 

Pero remarcar esta urgencia no puede estar reñido con la gran cuestión de fondo en Catalunya que es cómo seguimos haciendo política en un país como el nuestro, que todavía vive con presos políticos y exiliados. Y yo, como ustedes, no hay día que no piense no solo en qué han quedado esas flores sino qué queremos hacer con ellas, porque en la década de los años diez, una parte mayoritaria de la sociedad catalana participó en la política como nunca en su vida, y todo esto no se puede ir por el fregadero. Yo, al menos, no estoy dispuesto a tirarlo. Por eso hoy quiero subrayar la importancia de la respuesta que dio ayer el Tribunal Constitucional al recurso de amparo que presentó el conseller Jordi Turull sobre la sentencia del Procés.

El TC da por buena la condena por sedición. Pero, y aquí está la noticia, no lo hace por unanimidad, sino que lo hizo con dos votos discrepantes, los de dos magistrados que dicen que la pena a la que fue condenado Turull, doce años de prisión, es totalmente desproporcionada si se hace una ponderación ajustada entre los hechos juzgados y el ejercicio de derechos fundamentales como por ejemplo la libertad ideológica o la libertad de reunión. Por lo tanto, no cuestionan la sentencia condenatoria en si, pero sí la longitud de la pena. 

¿Y cómo lo argumentan? Los magistrados consideran que es cuestionable que aquello fuera sedición, tal como lo define literalmente el Código Penal, que tanto la manifestación del 20-S ante Economía en la rambla Catalunya como la celebración del referéndum del 1-O no se pueden calificar de ”alzamiento público y tumultuario”. Y afirman: “Los acontecimientos del 20-S se desarrollan en el curso de una concentración, por lo cual, en principio, están amparados por el ejercicio del derecho a reunión, sin perjuicio de los excesos en los que algunos manifestantes pudieran haber incurrido en el ejercicio de este derecho”. Y sobre el 1-O dicen: “Los incidentes que se produjeron, a pesar de que importantes, tuvieron un carácter aislado, por lo que no resulta fácil atribuir elementos tumultuarios a la movilización ciudadana que tuvo lugar aquel día con el fin de ejercer un supuesto derecho de voto”. Como decimos hoy en el editorial del ARA: "La conclusión es clara: si no hubo tumulto no hubo sedición (quizás sí desórdenes públicos y desobediencia) y, por lo tanto, cae el núcleo de la argumentación del tribunal presidido por Manuel Marchena".

Este pronunciamiento de dos magistrados es importante, porque ahora Turull y, después, todo el resto de presos políticos ya pueden ir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y pueden decir a la justicia europea que incluso dos magistrados del más alto tribunal español ven lo que se ve en toda la legislación europea: que esto no era sedición ni de lejos. Noten que el Supremo condenó por unanimidad; en cambio, el Constitucional, ya no. 

Y no porque castigar con 12 años de prisión los hechos de octubre del 2017 afecta a la libertad personal y a las libertades de expresión, de información y de participación en los asuntos públicos, ayer de Turull, pero mañana de cualquier de nosotros. Ernesto Ekaizer dice que este voto discrepante de dos magistrados es una puerta que le han abierto a Pedro Sánchez para firmar los indultos de una vez.

El delito de sedición, alzamiento tumultuario, está mal definido, en Europa no se aplica por casos como el 20-S o el 1 de Octubre, y esto ya no lo dicen los magistrados, lo decimos nosotros; al Tribunal Supremo le daba igual, como lo demuestra el hecho de que los quería condenar inicialmente por delito de rebelión, que pide violencia y uso de las armas. No sé si en el Supremo deben de estar muy preocupados por que Europa diga que las penas fueron desproporcionadas. Ya hemos dicho muchas veces que la sentencia del Procés fue un acto de escarmiento, no de justicia. Pero al menos, hoy, podemos anotar con alivio que hay dos magistrados del TC que consideran que el delito de sedición no se entiende y que las penas no fueron proporcionadas. Y esto se parece a lo que tantas veces hemos dicho: políticos demócratas condenados por un delito que no cometieron.

Nuestro reconocimiento para los que trabajan en primera línea del covid-19, un recuerdo para los que sufren, para los presos políticos, para los exiliados, y que tengamos un buen día.

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