¿Puede una comunidad de vecinos llevar a los tribunales un empleo conflictivo?
El Colegio de Abogados de Barcelona propone un cambio legal que ya ha llegado al Parlamento y se centra en actuar contra los narcopises

BarcelonaLa propuesta de desalojos exprés ha protagonizado un debate en el Congreso esta semana, sólo unos días después de un pronunciamiento de la Audiencia de Barcelona para fijar un criterio común ante las ocupaciones. Más allá de las medidas que hasta ahora han captado más la atención, el Colegio de la Abogacía de Barcelona (Icab) ha presentado una propuesta para habilitar a las comunidades de vecinos para actuar por la vía civil si no lo ha hecho el propietario ante un empleo que genere problemas de convivencia o salubridad. Se trata de una solución "muy transversal" que va más allá del ámbito penal, según defiende el decano del Colegio, Jesús Sánchez.
Sánchez explica en conversación con el ARA que la medida está pensada "esencialmente" para las fincas donde se ha establecido un narcopís o donde hay una vivienda ocupada dedicada a actividades delictivas. "Lo que no hará el presidente de una comunidad de propietarios es sacar a un ocupante si el propietario de la vivienda mantiene una posición pasiva y le da igual que esté ocupada. Ahora bien, en situaciones como los narcopisos, o cuando hay un riesgo importantísimo de incendios, tienen legitimación para denunciar", añade el decano del colegio de abogados.
En concreto, el Icab propone que el presidente de una comunidad de vecinos, en nombre de la junta de propietarios, pueda interceder para hacer cumplir lo que ya establece la ley de propiedad horizontal cuando fija que ni el propietario ni el ocupante de un piso pueden realizar "actividades prohibidas en los estatutos que resulten dañinas para la finca, citas". Esta potestad para interceder permitiría a la comunidad acudir a los tribunales no sólo para detener las molestas actividades que pueden derivarse de un empleo, sino también para denunciar los mismos empleos.
Tal como lo plantea el colegio de la abogacía barcelonés, el presidente de la comunidad debería requerir a los ocupantes que detengan estas actividades que causen molestias y, si no lo hacen, pedir autorización a la junta de propietarios para presentar una demanda civil. En este caso, continúa la propuesta del Icab, el juez podría dictar una medida cautelar y ordenar a los ocupantes que detengan estas molestias, bajo la advertencia de que si no lo hacen podrían cometer un delito de desobediencia. "Proponemos que el presidente tenga capacidad de acción propia en casos en los que, por ejemplo, un gran tenedor no hace nada. Así tienes acción directa representando a la comunidad y sus intereses", añade Sánchez.
De la mano de Juntos
Para sacar adelante sus propuestas contra el empleo, el Icab ha encontrado en Junts a un aliado para hacer que se conviertan en ley. De hecho, la formación ha hecho suyas dos de las medidas impulsadas por el colegio de abogados. Por un lado, presentó en el Parlament una propuesta para modificar el Código Civil catalán para hacer que las comunidades de propietarios puedan intervenir si en la finca hay un piso ocupado que causa problemas de convivencia.
El Icab es también el impulsor de una segunda propuesta en materia de empleos que este miércoles Junts llevó al Congreso: la de una medida cautelar que permita desalojar un piso ocupado en un plazo de 48 horas. La proposición de ley salió adelante con los votos del PSOE, PP, Vox y el PNV. "Se ha creado una cultura en la que parece que para ocupar no pase nada. No existe, en ninguna parte del mundo, el derecho a ocupar una vivienda, porque en el momento en que se hace vulnera el derecho de un propietario", defiende Sánchez sobre su medida.
"Sin margen de interpretación"
La propuesta, remarca Sánchez, no implica cambiar "en absoluto" el Código Penal, sino que sólo incluye cambios procedimentales o en el ámbito civil. En referencia a la propuesta de desalojos expreso en empleos, añade: "Probablemente, con una interpretación adecuada de las normas que ya tenemos no haría falta modificación alguna. Como hay jueces que opinan de una forma y otros de otra, lo que hacemos con la propuesta es que no haya margen de interpretación de las normas".
De hecho, este margen de interpretación sobre en qué casos se puede hacer un desalojo cautelar (sin esperar a que acabe el procedimiento judicial) ha llevado a los magistrados de la Audiencia de Girona a establecer un acuerdo de unificación de criterio, en el que avalaron los desalojos policiales expreso y sin autorización judicial antes de . "No hay peor inseguridad jurídica que unos digan A y otros B ante la misma situación. Proponemos una mejora técnica para interpretar de forma adecuada cuando se puede dictar una cautelar y cuando la policía puede actuar", defiende Sánchez.
Otro tribunal que recientemente ha acordado unificaciones de criterios en causas relacionadas con las ocupaciones es la Audiencia de Barcelona. En su caso, los magistrados no se pronunciaron sobre los desalojos, pero sí consensuaron que no puede considerarse un delito de coacciones que el propietario de un piso ocupado deje de pagar sus suministros. "Creo que hasta ahora se había hecho una interpretación errónea del delito de coacciones; la Audiencia lo interpreta adecuadamente y como ya hacía un sector de la doctrina", valora Sánchez sobre una postura que también considera "de sentido común".