La justicia avala por primera vez una multa por no etiquetar en catalán
Un juzgado de Barcelona confirma una sanción de la Agencia Catalana del Consumo en Carrefour
BarcelonaUn juzgado de Barcelona ha dictado la primera sentencia que valida una sanción por no etiquetar productos en catalán. En concreto, se ha confirmado una multa de 7.500 euros que la Agencia Catalana del Consumo impuso a Carrefour después de que un inspector comprobara que unos pañales y un peluche no estaban etiquetados en catalán. La cadena de supermercados recorrió la sanción, primero ante la administración y después por la vía judicial, sin éxito. La sentencia del juzgado contencioso administrativo 8 de Barcelona, a la que ha tenido acceso el ARA, no se puede recurrir, y por tanto la decisión de la jueza Montserrat Raga es firme.
La obligación de etiquetar en catalán está fijada en el Código de Consumo de Catalunya, que se aprobó en 2010 y que estuvo en disputa hasta 2017 por un recurso de inconstitucionalidad que presentó el Defensor del Pueblo. Esta norma afecta a todos los productos que no sean alimenticios, mientras que los alimentos están regulados por un reglamento europeo que exige etiquetar en alguna lengua oficial en la UE, lo que excluye al catalán.
A pesar de esta obligación, los incumplimientos a la hora de etiquetar productos en lengua catalana son frecuentes. Algunas empresas se resignan a la sanción, pero otras la recurren para intentar evitarla, algo que también ocurre con otros tipos de infracciones. Por una cuestión de recursos económicos, llevar el caso hasta los juzgados muchas veces queda fuera del alcance de las empresas más pequeñas y, de hecho, la sanción en Carrefour es la primera por no etiquetar en catalán que se ha judicializado hasta ahora , apuntan fuentes de Consum consultadas por el ARA.
Para intentar deshacerse de la sanción, Carrefour alegó que esta obligación de etiquetar en catalán supuestamente contraviene la libertad de circulación de mercancías. En cambio, para la juez está claro que ha cometido una infracción, y añade que, a pesar de que no fueran productos complicados de utilizar, tanto los pañales como el peluche estaban dirigidos a niños y podían acarrear riesgos.
Además, la magistrada considera proporcional la sanción teniendo en cuenta que Carrefour no enmendó la infracción cuando una inspección la detectó, aunque tuvo la oportunidad de hacerlo.
Un "precedente favorable muy importante"
Plataforma para la Lengua, que fue quien denunció este caso a Consum, ha celebrado que se trata de un "precedente favorable muy importante", y confía en que sirva para que las empresas se esfuercen en cumplir los aspectos lingüísticos del Código de Consumo. La entidad también ha aplaudido el "cambio de actitud" de la Agència Catalana de Consum, que enmarca en la última legislatura. "A raíz de la presión de Plataforma por la Lengua, ha empezado a tramitar denuncias e incoar expedientes contra empresas por hacer cumplir el Código de Consumo en materia lingüística", ha valorado.
Plataforma por la Lengua también ha instado a Consum a redoblar los esfuerzos para actuar de oficio para "hacer que los grandes grupos productores y distribuidores incluyan el catalán en el etiquetado, y que la ciudadanía defienda sus derechos lingüísticos y denuncie los casos de discriminaciones y vulneraciones de derechos".
Normativa sobre etiquetado en catalán
La norma en la que se basa esta sentencia es el Código de Consumo de Cataluña, concretamente el artículo 128, que recoge estos derechos lingüísticos:
- Ser atendido en catalán, oralmente y por escrito.
- Recibir en catalán publicidad, información de carácter fijo, documentación contractual, presupuestos, resguardos de depósito, facturas y documentos que se refieran.
- Las instrucciones de los productos, especialmente las que hagan referencia a seguridad y salud, también deben estar en catalán.
- También deben estar los contratos de adhesión, contratos con cláusulas tipo, contratos normados, condiciones generales y documentación que haga referencia o derive de alguno de estos contratos.
- Además, el Código fija que la Generalitat debe velar por el fomento de la lengua occitana en el consumo en Arán.