"No malversó por beneficio personal": la Fiscalía defiende amnistiar a Puigdemont en el Supremo
La defensa del expresidente argumenta que debe ser el TSJC quien decida si se aplica la amnistía al expresidente ya Comín

MadridEl futuro de Carles Puigdemont pasa este lunes por el Tribunal Supremo. La sala de apelaciones ha celebrado una vista pública para estudiar la aplicación o no de la amnistía al expresidente y los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig, medio año después de que el juez Pablo Llarena les negara definitivamente por considerar que en su caso el delito de malversación no es amnistiable. En la sesión, que duró poco más de una hora, la Fiscalía salió en defensa de los dirigentes independentistas durante el Proceso y lamentó "la errática" aplicación que se está haciendo de la norma. "No se puede afirmar con seriedad que malversaron por beneficio personal", argumentó la teniente fiscal del Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, quien desmontó la tesis de Llarena.
El magistrado instructor, en línea con el criterio mayoritario de la sala penal, aplicó la interpretación de que destinar dinero público al referéndum era una manera de enriquecerse personalmente, dado que los impulsores de la consulta dejaban de poner dinero de su bolsillo y se ahorraban. De esta forma, justificaba que no pueden ser perdonados. La ley de amnistía excluye la posibilidad de aplicarla a las personas que con el desvío de fondos obtuvieran un "beneficio personal de carácter patrimonial". El juez tomó la decisión en julio y la confirmó dos meses después, cuando tumbó tanto el primer recurso de los procesados como el que presentaron la Fiscalía y la Abogacía del Estado.
Los servicios jurídicos del Estado, en la misma línea que el ministerio público, han defendido aplicar la amnistía a los recurrentes. "La norma está clara", ha apuntalado la Fiscalía, que considera "sorprendente" llegar a la conclusión "artificiosa" que desviaron fondos públicos para promover el referéndum del 1 de octubre de 2017 con el objetivo de obtener un enriquecimiento personal, un supuesto que la teniente fiscal cree que el Supremo "se inventa". Sánchez Conde también negó que se hayan visto afectados fondos de la Unión Europea, otra de las excepciones que prevé la norma, y remarcó que el objetivo del 1-O era "presionar" al gobierno español para abrir una negociación.
"La interpretación que ha hecho el magistrado instructor contraviene el espíritu y la letra de la ley de amnistía. No tengo ninguna duda de que el legislador pretendía la aplicación a todos los hechos y delitos relacionados con el referéndum del 1-O, también los tipificados como malversación", y ha defendido el gobernante de Bo, de Com. El letrado se acogió al voto particular de la magistrada de la sala penal Ana Ferrer, que contravino el criterio mayoritario y defendió que se aplicara la norma a los condenados por malversación en el juicio del Proceso –Oriol Junqueras, Dolors Bassa, Raül Romeva y Jordi Turull–. Ferrer no participará en esta decisión sobre Puigdemont, Comín y Puig, ya que son los magistrados Vicente Magro –exsenador del PP–, Eduardo de Porres y Susana Polo quienes conforman el tribunal que debe tomarlo.
"Solo hay que saber leer para saber que la ley es totalmente aplicable al supuesto que nos ocupa", ha dicho el abogado de Puig, Jaume Alonso-Cuevillas, quien ha denunciado un "intento de imponer la voluntad y la ideología propias por encima de la voluntad del legislador". Sin embargo, la decisión final difícilmente será favorable a Puigdemont y al resto de exiliados. Ahora bien, si vuelven a denegarle la amnistía, habrán agotado el recorrido en el Supremo y ya tendrán vía libre para acudir al Tribunal Constitucional (TC). El tribunal de garantías, de hecho, ya ha admitido a trámite los primeros recursos de amparo de Junqueras, Romeva y Bassa, condenados por el 1-O, después del portazo en la amnistía del juez Manuel Marchena.
La decisión, en manos del TSJC
En la vista pública, cuya fecha fue avanzada por el ARA, Boye ha argumentado que quien es competente para pronunciarse sobre la amnistía es el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), y no el Supremo. El abogado sostiene que el alto tribunal debería pasar el balón al TSJC debido a que Puigdemont fue elegido diputado en el Parlament y en Comín la Junta Electoral Central (JEC) le negó la condición de eurodiputado. Boye lo defendió esgrimiendo que la norma hace una distinción entre quien es competente para levantar las medidas cautelares cuando la causa está en fase de instrucción, que sería el juez que tuviera el procedimiento en marcha, y quien debe aplicar la amnistía, que sería el "juez competente". En el primer caso es Llarena, pero en el segundo es el TSJC.
En la vista también intervino la defensa de Marta Rovira, la ex secretaria general de ERC, para rebatir justamente la petición de Vox, acusación popular, de no aplicar tampoco la amnistía al delito de desobediencia por el que está procesada. Su abogado, Íñigo Iruín, también ha defendido que quien es competente en su caso es el TSJC.
Vox apunta a la financiación ilegal
Vox, en cambio, defendió que no se les aplique la amnistía a ninguno de ellos y hizo una interpretación de los hechos que va aún más allá de la hecha por Llarena. La abogada del partido de extrema derecha, Marta Castro, apuntó a una posible financiación ilegal de los partidos independentistas a través de la malversación por el 1-O. "¿Cómo podemos desvincular estos hechos de una posible financiación ilegal de los partidos que han impulsado estos fines ilícitos?", ha planteado justamente el mismo día que se ha hecho público que la Fiscalía Anticorrupción ha abierto una investigación por ese delito contra el partido de Santiago Abascal.