El catalán en las aulas

El TSJC tumba por primera vez una petición del 25% en castellano en un aula por la nueva ley

Los jueces dicen que hay una nueva normativa que prohíbe explícitamente los porcentajes

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Carteles de "Som escuela" a la manifestación de Barcelona en defensa del catalán a las aulas.

BarcelonaPor primera vez, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha denegado las medidas cautelares que pedía una familia que quería el 25% en castellano para su hijo, que hace primero de primaria en una escuela de Barcelona. Según ha avanzado TV3 y ha confirmado el ARA, la conselleria de Educación recibió el viernes el texto, en que la sección quinta de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJC, que es la que ha asumido las sentencias del castellano en las aulas, alega que no puede decretar las medidas que quiere la familia porque hay una nueva normativa aprobada por la Generalitat que prohíbe "expresamente" regular por porcentajes el aprendizaje de las lenguas en la escuela.

"A juicio del tribunal, la aplicación de las normas cuestionadas impide conceder la tutela cautelar instada por la parte demandante", dicen los jueces. Ahora bien, a pesar de que tumban la petición de la familia, los jueces también dejan claro que, a su parecer, la nueva normativa en vigor contraviene la Constitución porque no considera el castellano como lengua vehicular, porque define un modelo lingüístico "incompatible" con los parámetros sobre el modelo "de conjunción lingüística" avalado por la ley y porque el decreto ley del Govern se aprobó por la vía de urgencia "para evitar el cumplimiento de la sentencia". Los jueces del TSJC consideran que el decreto ley y la ley recientemente aprobados infringen varios artículos de la Constitución, como por ejemplo el que regula el carácter oficial del castellano y la proyección que se utilice como vehicular en la enseñanza, entre otros.

El precedente

El anuncio llega unas semanas después de que el TSJC ya dijera, en una providencia, que ve "imposible" aplicar su propia sentencia que obligaba a todas las escuelas de Catalunya a hacer un 25% de las horas en castellano, porque el Govern y el Parlament habían aprobado un decreto ley y una ley, respectivamente, para blindar el catalán en las escuelas y en los institutos. Es decir, según los jueces, el nuevo marco legal validado por el Govern y el Parlament para garantizar el catalán “define un modelo lingüístico en el ámbito escolar que resulta incompatible” con el 25% en castellano. Aun así, las dos normas comportan "serias dudas sobre su validez por vicios de inconstitucionalidad", según el TSJC, y por eso pedía a las partes y a la Fiscalía que se posicionen sobre la propuesta de plantear una cuestión de inconstitucionalidad al TC. Mientras tanto, sin embargo, y a la espera de que se resuelva si las dos normativas son constitucionales o no, los trámites para ejecutar la sentencia están suspendidos.

Así pues, también han quedado en standby el resto de cuestiones sobre el 25%. Esto afecta, básicamente, los procesos judiciales que de manera individual abren algunas familias porque quieren que sus hijos hagan un 25% en castellano en la escuela. Hasta ahora, el TSJC siempre les había dado la razón y había publicado más de un centenar de sentencias que obligan a aplicar este porcentaje mínimo de horas en castellano. Uno de los casos recientes más polémicos fue el de Canet de Mar. El problema, sin embargo, llegó en 2015, cuando la Abogacía del Estado, en nombre del ministerio de Educación del PP, interpuso un recurso contra la Generalitat por no garantizar la enseñanza del castellano como lengua vehicular. Desde aquel momento, el TSJC ya no tenía que sentenciar sobre una clase en concreto, sino sobre todo el sistema de educación de Catalunya. En diciembre del 2020 el TSJC estableció que "todos los alumnos reciban de manera efectiva e inmediata" al menos una asignatura troncal más en castellano.

Después de unos meses de idas y venidas y de acuerdos y desacuerdos, el Govern aprobó finalmente un decreto ley para responder a la sentencia. El texto prohíbe justamente la sentencia del 25% porque se establece "la inaplicación de parámetros numéricos, proporciones o porcentajes en la enseñanza y el uso de las lenguas". Para el Govern, lo que hace el texto validado es dar un "marco normativo" a las escuelas para salir del "callejón sin salida" en el que había quedado la educación en Catalunya a raíz de la sentencia del TSJC. En paralelo, el Parlament aprobó una ley que no prohíbe explícitamente los porcentajes, pero sí que dice que el uso de las lenguas oficiales se tiene que basar en criterios "exclusivamente pedagógicos", y define el catalán como lengua vehicular y el castellano como curricular, porque evidentemente forma parte del proyecto de centro. Ahora habrá que ver, sin embargo, qué pasa en la cuarentena de aulas del país donde sí que se está aplicando el 25% en castellano, y los servicios jurídicos trabajan para buscar una solución.

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