Tribunales

El curandero de Balaguer Josep Pàmies vuelve a chocar con la justicia

La Fiscalía pide desestimar la última demanda contra el conseller de Salut por vulnerarle el honor

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El agricultor y curandero Josep Pàmies, saliendo del TSJC este jueves

BarcelonaEn 2018 la Generalitat ya multó con 600.000 euros el agricultor y curandero de Balaguer Josep Pàmies para defender en un acto público que el clorito de sodio, retirado de farmacias, revierte el autismo. Después de que Pàmies llevara la sanción a los juzgados, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) tumbó su recurso reprochándole que hiciera "promoción de un medicamento tóxico para que lo consuman niños enfermos". "La sanción de actos que ponen en riesgo evidente la salud de las personas enfermas no atenta contra ningún derecho [...]. Por el contrario, supone un refuerzo de estos derechos ante conductas irresponsables, si no directamente temerarias o incluso todo conscientemente perjudiciales para sus destinatarios", añadían los magistrados. Una contundente respuesta que podría repetirse ahora en el nuevo procedimiento que abrió el curandero contra el consejero de Salud, Manel Balcells, a quien acusa de un delito contra el honor por llamarlo "estafador" después de que volviera a defender el uso de este compuesto sin ninguna evidencia científica.

Este jueves se ha celebrado en el TSJC una vista entre las partes –Pamies ha acudido, pero Balcells no, a quien representaban los abogados de la Generalitat– en la que se han desestimado las pruebas que pedía el agricultor y curandero, según fuentes cercanas al caso consultadas por el ARA. De hecho, la Fiscalía ha pedido archivar la demanda porque entiende que la libertad de expresión del conseller prevalece sobre la protección del honor del curandero, que había pedido que Balcells repitiera los calificativos que le había puesto en una declaración jurada de que el tribunal ha desestimado.

Sin rigor ni evidencias

Por el contrario, lo que sí ha aceptado valorar el tribunal como prueba -a petición de la Generalitat- es la sentencia que ya emitió el propio TSJC. En su pronunciamiento (que data del 2022), los magistrados subrayaban que los actos convocados por Pàmies y la asociación Dolça Revolució, que él fundó, son "absolutamente ilícitos y contrarios a la buena fe", dado que se hacían ante "un público con una capacidad crítica mermada por los sufrimientos de importantes enfermedades y escasa formación".

Según el tribunal, el discurso del agricultor y curandero está "falto del más mínimo rigor científico" y puede llegar a generar "un riesgo directo y grave en la salud de sus destinatarios, personas con autismo, mayoritariamente niños, que no tendrán ni siquiera la oportunidad de analizar y rechazar las negligentes propuestas de tratamiento" que les hagan los miembros de la familia que hayan asistido como "espectadores a las conferencias y vídeos" de Pàmies.

El dictamen del TSJC se basa en el pronunciamiento de la Agencia Española de Medicamentos (Aemps) que avala la retirada y prohibición del consumo de cloruro de sodio por el "riesgo para la salud" que puede suponer su consumo. "Todas estas sustancias tienen una acción oxidante fuerte y su consumo directo puede producir dolor abdominal, náuseas, vómitos, diarrea, intoxicaciones, quiebra renal y metahemoglobinemia", advertían en uno de los informes incorporados en esta causa, en el que también aseguran que las supuestas propiedades curativas del producto "no tienen ninguna base científica".

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