42 ANIVERSARI DE LA CONSTITUCIÓ ESPANYOLA

Vivienda: tener un techo, un derecho poco protegido y con políticas pendulares en función del color de los gobiernos

Natàlia Vila
3 min
Habitatge Tenir un sostre: un dret poc protegit i amb polítiques  pendulars segons el color dels governs Poca contundència a la Constitució?

Los efectos de la pandemia han evidenciado que el artículo 47 de la Constitución -que asegura que “todos los españoles tienen derecho a una vivienda digna y adecuada”- no ha conseguido ni mucho menos su objetivo. Un hecho que la anterior crisis, la del ladrillo de 2008, ya había hecho patente.

¿Por qué cuesta tanto garantizar este derecho? Los expertos en derecho y vivienda consultados por el ARA coinciden en destacar un primer punto clave: el artículo 47 no está incluido dentro del capítulo de "derechos fundamentales" y, por lo tanto, "no tiene una protección especial" ante el resto. Así, según su redactado, puede entrar -y entra- en colisión con otros derechos como el de la propiedad privada, que goza de la misma consideración en el texto constitucional. En esto, sin embargo, España no es diferente de la mayoría de países: "No hay ningún país que haya resuelto del todo el problema de la vivienda digna. Ni siquiera el del sinhogarismo", señala Sergio Nasarre, director de la cátedra Unesco de Vivienda de la URV. "La formalidad de que conste como derecho fundamental y, por lo tanto, exigible ante un tribunal se da solo en cinco o seis países, entre ellos Burkina Faso o Ecuador", apunta este experto.

En cambio, el artículo 47 sí se entiende como un "principio rector de las políticas sociales". De hecho, especifica que los poderes públicos deben promover la vivienda y evitar la especulación. Para ser efectivo, pues, este derecho necesita un marco normativo que lo desarrolle: el segundo obstáculo con el que ha chocado en las últimas cuatro décadas. Hay tres leyes estatales (con sucesivas reformas) que han marcado la gestión de la vivienda durante este tiempo. La más antigua es la ley hipotecaria, que regula las compraventas. También está la de los alquileres o ley de arrendamientos urbanos (LAU) y la que gestiona el espacio disponible, la ley del suelo.

Mientras que algunos expertos señalan que la reforma de 1998 de esta última norma (gobernaba Aznar) fue la que permitió la liberalización del suelo y la posterior burbuja especulativa, Nassarre apunta a las idas y venidas del resto de normas. Más allá de los cambios introducidos en 2013 para combatir las cláusulas abusivas, la ley hipotecaria prácticamente no ha sufrido cambios. Por el contrario, "la LAU ha sido un drama", asegura: "Una ley pendular que cambió en 1964, en 1985 a favor del arrendador [el propietario], en 1994 cuando se buscó el equilibrio, en 2013 otra vez a favor del arrendador, en 2015 en pro del arrendatario [inquilino], en 2018 hubo una reforma fallida y, finalmente, en 2019 se dio más protección al arrendatario". "Ninguna de estas reformas ha conseguido que la tasa de alquiler suba, ni ha satisfecho a las partes", sentencia.

La transferencia de competencias en vivienda ha permitido, eso sí, avances destacados en los últimos años en Catalunya, como la ley 24/2015 o el decreto que regula el precio de los alquileres, de este mismo 2020. Ambas medidas, pioneras en el Estado, han sido empujadas y lideradas por la presión social y la fuerza que han adquirido los movimientos sociales durante la última década, a raíz de la crisis de 2008. Pero estas dos normas no han logrado suplir la carencia endémica de viviendas de protección oficial, la construcción y conservación de las cuales se ha demostrado claramente insuficiente comparada con la del resto de países europeos. Con todo, las cifras -entre las que destacan las decenas de desahucios diarios o el auge del realquiler- se empeñan en constatar que el artículo 47 todavía es una utopía para demasiados ciudadanos.

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