La crisis de la vivienda

La protección de datos limitará el acceso al registro de grandes tenedores

La APDCAT avisó al Govern de que no es posible una consulta "indiscriminada" de datos de personas físicas

Panorámica de Barcelona

BarcelonaEn la última semana de octubre Gobierno y Comunes desbloquearon la puesta en marcha del registro de grandes tenedores, un compromiso firmado en primavera en la negociación de los suplementos de crédito. Se tendrán que inscribir todas las personas jurídicas o físicas con cinco o más viviendas: las que no lo hagan se expondrán a multas de entre 9.000 y 90.000 euros, amparadas en la regulación de la ley de vivienda. La previsión era que el registro –que ya venía de la anterior legislatura y que el Gobierno reactivó en febrero– se aprobara en noviembre. Con el fin de año a la vuelta de la esquina, esto aún no ha llegado y, además, el ejecutivo ha tenido que hacer cambios de última hora en el borrador del decreto que lo crea. Ha sido a raíz de un informe de la Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT) que alerta de los límites que el derecho a la privacidad de los grandes propietarios impone en el registro.

El acuerdo alcanzado por el ejecutivo catalán y Comuns preveía un registro "de acceso público" con una finalidad muy concreta: que cualquiera que introdujera el DNI o el NIF de un propietario pudiera comprobar si es o no un gran tenedor, a efectos de controlar si cumple las obligaciones que la ley les impone, por ejemplo, en cuanto. Esto podrá ser así en el caso de las personas jurídicas pero no de las físicas. En un informe del 4 de diciembre, al que ha tenido acceso el ARA, la APDCAT trasladó al ejecutivo catalán que no es posible una consulta "indiscriminada" de estos datos con respecto a los individuos.

La APDCAT se pronunciaba así sobre un borrador del decreto donde el Gobierno ya condicionaba el acceso a la información a la existencia de un interés legítimo –y que, por tanto, ya rebajaba la publicidad absoluta a la que se había comprometido inicialmente con los comunes–. En este sentido, fuentes de la conselleria de Territorio subrayan que la normativa de procedimiento administrativo y protección de datos "no permite ceder datos de forma automática". "Y este artículo sólo recoge lo que ya dice esta normativa, a efectos de informar a la ciudadanía", añaden.

"Procedimiento formalizado"

En el informe, la APDCAT recomendaba al Gobierno que blindara aún más este límite: "El objetivo de la consulta del registro de personas mayores tenedoras no puede ser obtener la identidad de las personas físicas que se encuentran inscritas con fines generales o de forma indiscriminada, sino que debería limitarse a la información estrictamente necesaria para una finalidad concreta y justificada por un interés . consentimiento otorgado)", recoge el informe. La APDCAT instaba, además, a acreditar el interés en un "procedimiento formalizado y documentado", antes de cualquier comunicación de datos, una petición que el Govern ha incorporado al nuevo borrador del decreto.

Este nuevo marco podría retrasar el tiempo que un inquilino tarda en tener la información sobre el propietario en contextos en los que el tiempo es clave; por ejemplo, cuando busca piso o debe decidirse a firmar un contrato. En Territori son conscientes de ello. "Estamos buscando un sistema que tenga la mayor agilidad posible sobre la información, a la vez que no tenga ninguna duda sobre la seguridad jurídica y la protección de datos", mantienen fuentes del departamento, que tampoco concretan cuándo está previsto llevar el registro al consejo ejecutivo para aprobarlo. "Será lo antes posible", añaden.

Las personas jurídicas

Donde la APDCAT no pone pegas es en la difusión del nombre de los grandes tenedores que son personas jurídicas: el decreto prevé que en la web de la Agencia de la Vivienda se publicará su listado, "con indicación exclusivamente de su razón social y NIF". Para quedar incluido en esta lista, basta con tener una propiedad en Cataluña (aunque las otras cuatro se tengan fuera, en algún otro lugar del estado español). Además, las administraciones locales, las entidades públicas y la Agència Tributària de Catalunya tendrán una vía de acceso propia para poder ejercer "sus competencias". Por ejemplo, las relativas al impuesto sobre transmisiones patrimoniales en compras de inmuebles, donde tributan el 20%, un incremento que el Govern también pactó con Comuns.

Ahora bien, pese a no entrar dentro del ámbito de la protección de datos –que es un derecho exclusivo de las personas físicas, no de las jurídicas–, en un informe anterior la APDCAT avisó al Govern de que jurídicamente también puede acabar encontrándose con problemas si opta por difundir la lista de nombres de los grandes tenedores que son empresas. En este sentido, le recordaba que una sentencia de diciembre de 2023 del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya estableció que, desde el punto de vista de la transparencia de las administraciones públicas, es "desproporcionada la entrega de los nombres de las personas jurídicas grandes tenedoras a un tercero ajeno". Una jurisprudencia que el sector inmobiliario podría aprovechar para impugnar el decreto.

Los porcentajes

Hasta ahora, la falta de un registro oficial ha dificultado la posibilidad de radiografiar quiénes son los grandes tenedores en Cataluña. El informe Estructura y concentración de viviendas en la ciudad de Barcelona, del Observatorio Metropolitano de la Vivienda de Barcelona, ​​sí pone cifras. Según este estudio, elaborado con datos de 2023, en cuanto a los propietarios de 5 o más viviendas "los inmuebles se reparten casi a partes iguales" entre las personas físicas y las sociedades: las personas físicas representan el 45,8%, y las personas jurídicas, el 54,2% (un 42,6%). Son porcentajes elaborados a partir del catastro del Ajuntament de Barcelona. Uno de los datos más interesantes que recoge este observatorio en otro informe es que hay nueve megatenedores, que son personas físicas que acumulan un total de 1.200 viviendas. Sin embargo, si se toma como referencia la demarcación de Barcelona, ​​las personas jurídicas ganan peso: representan el 67,4% de los grandes tenedores de 5 o más viviendas de alquiler, por delante de las personas físicas, que representan el 32,6%, según otro estudio del Observatorio Metropolitano de la Vivienda.

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