Mossos, profesores, médicos y jueces: ¿qué requisitos de catalán se pide a los funcionarios?
El nivel estándar que se exige es el equivalente a 4º de ESO, pero hay algunas grietas que hacen bajar el listón
BarcelonaCuando voy al médico, ¿tengo derecho a hablar en catalán? Cuando me detiene un policía, ¿me debe hablar en catalán? ¿Sólo se pide el catalán a los funcionarios? La polémica sobre el nivel de catalán de los médicos, a raíz del bajo uso de catalán en las consultas, ha vuelto a poner sobre la mesa el requisito lingüístico que se pide a los funcionarios. Las quejas que existen en salud, así como el vídeo viral de la enfermera andaluza que no sabía catalán, demuestran el desconocimiento sobre los derechos y deberes lingüísticos de trabajadores y usuarios.
¿Quién necesita el catalán?
Los funcionarios están obligados a acreditar conocimientos de catalán para obtener la plaza. ¿Por qué? Porque, como elEstatut determina que catalán y castellano son lenguas oficiales en Cataluña y que no puede haber discriminación por razones lingüísticas, esto da pie a dos conceptos que son dos caras de la misma moneda: el "derecho de opción lingüística" y el "deber de disponibilidad lingüística". Es decir, usuarios y consumidores tenemos el derecho de ser atendidos oralmente y por escrito en las dos lenguas y, por tanto, las entidades, empresas y establecimientos abiertos al público en Cataluña deben ser capaces de atender en catalán y castellano. Esto afecta tanto a las empresas públicas como a las privadas (si bien en unas se puede articular vía contratación del personal y en otras, haciendo cumplir el Código de Consumo).
Cuatro grietas en la norma
Se dan cuatro casuísticas que hacen tambalear esta normativa. En primer lugar, la posibilidad de realizar contrataciones temporales e interinajes sin pedir el requisito lingüístico (lo que de facto representan a miles de trabajadores públicos que no acreditan el nivel de catalán). En segundo lugar, la carencia de medidas de auditoría externa para supervisar la subcontratación de servicios a empresas que en teoría están sujetas a la ley de política lingüística. En tercer lugar, la falta de medidas efectivas para aplicar la legislación. Y en cuarto, la posibilidad de incluir en la contratación una cláusula de "medidas excepcionales" para rebajar el nivel de catalán de altos funcionarios o servicios, desde su administración a la universidad.
¿Qué requisitos de catalán se pide a cada sector?
Por lo general, el requisito pedido a los funcionarios es el C1, un nivel de suficiencia que equivale a haber superado la ESO, BUP o FP2 en Cataluña. Es superior para los profesores e inferior para los jueces. En cada caso existe una casuística muy amplia en función de las categorías profesionales y la función que desarrollan. Hemos recogido las más destacadas.
Salud
Los trabajadores del Instituto Catalán de la Salud (ICS), en el caso de médicos, enfermeras y auxiliares administrativos, deben acreditar el nivel C1 de catalán para pasar las oposiciones desde el año 2002. Pero el vídeo de la enfermera del Vall d'Hebron demostraba que, cuando se nombra personal interino o contrata personal laboral temporal directamente, se puede eximir de tener que acreditar el nivel correspondiente de conocimientos de la lengua catalana. Plataforma por la Lengua cuestiona, además, que el nivel que se permite acreditar a los médicos (en un proceso al margen del Consorcio por la Normalización Lingüística, a diferencia de los profesores) sea realmente un C1. Además, no existe un control o un informe de todo el personal que se contrata eximiéndolo de catalán. También se exime en el caso de los médicos residentes, un proceso que depende del ministerio de Sanidad. Las auxiliares de enfermería y celadores deben tener un B1.
Enseñanza
Ahora mismo a los docentes se les pide un nivel de suficiencia de catalán (C1), aparte de la capacitación para impartir el área de especialidad. Pero el retroceso del catalán como lengua vehicular en las escuelas e institutos ha motivado un cambio: se pedirá a los nuevos profesores que tengan el C2 a partir del curso 2025-2026 y se dará un margen para que puedan acreditarlo los docentes que ya están ejerciendo. ¿Qué año será el límite para que no quede nadie en el sistema educativo sin el C2? La conselleria de Educació aún no lo ha aprobado.
Aunque la ley de educación de Catalunya deja claro que para ser docente hay que acreditar un nivel C2, la medida nunca se había aplicado (estuvo derogada hasta que en 2019 el Tribunal Constitucional reconoció la validez). Hasta entonces, el C2 de catalán no era un requisito, sino un mérito. En general, el personal de atención educativa, incluida la guardería, necesita el nivel C1, pero en categorías de menor rango como los auxiliares de educación especial sólo se requiere un B1 y el resto son méritos.
Mossos d'Esquadra
Desde el año 2017, para los Mossos d'Esquadra la exigencia es un C1. Antiguamente, había sido un B2, pero en ese momento el departamento de Interior modificó la Ley de la Policía de la Generalidad-Mossos d'Esquadra y aumentó el nivel de titulación exigido para el acceso a la escala básica del cuerpo (se pedía un título equivalente al de bachiller o técnico). Esto llevó emparejado también el aumento de la exigencia del nivel de catalán, que pasó del B2 al C1.
Justicia
Para cumplir el Estatut, el catalán también debería ser obligatorio en el caso de los funcionarios del Estado que trabajen en Catalunya, pero en el ámbito de la justicia tampoco ocurre así. Aunque la escuela donde se forman todos los jueces del Estado una vez superada la oposición es en Barcelona, el catalán no es un requisito para los jueces, sino un mérito a la hora de elegir destino. El mérito ha pasado del B2 al C1. También se pide al C1 como mérito para presidir el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y las audiencias provinciales. Respecto a los abogados, el catalán no es ni requisito ni mérito, ni para colegiarse ni tampoco para ejercer en el turno de oficio; sí que en los últimos dos años se han implementado unos pluses para incentivar que se presenten más escritos en catalán, especialmente en el turno de oficio.
Administración
Para sacarse una plaza de funcionario, la mayoría de los licenciados o técnicos superiores (grupos A y B) deben acreditar el certificado del C1 de catalán. Sólo si se dedican a realizar tareas específicas de redacción, corrección y asesoramiento lingüístico deben acreditar el nivel C2, que es el superior. Las demás categorías (C, D y E) pueden requerir el C1 o sólo un catalán elemental o medio (B1 o B2, equivalente a superar el EGB). El Ayuntamiento de Barcelona sigue este modelo: nivel de suficiencia C1 para las categorías técnicas superiores y medias y las auxiliares, e inferior para el resto. Es decir, el catalán pedido es equivalente a la titulación necesaria para acceder a la plaza: cuando se requiere el Bachillerato o mayor titulación, se pide el C1; mientras que si la titulación es inferior, se solicita el B1 o B2.