Lo primero que envía un correo o llega a la oficina: así se asignan pisos de protección oficial
La regulación de la Agencia de la Vivienda de Cataluña permite a las promotoras privadas seguir criterios que no cumplen la antigüedad en el Registro de Solicitantes

"Las personas interesadas en participar en el procedimiento de adjudicación tendrán que cumplimentar el modelo de solicitud y enviarlo a la dirección de correo electrónico. A medida que se vayan recibiendo las solicitudes el promotor realizará un listado, ordenando -los estrictamente por orden de entrada". Estas dos frases están extraídas de un anuncio de venta, una promotora privada, unos pisos de protección oficial (VPO). La empresa promotora asegura, en conversación con el ARA, que "siguió las bases de adjudicación que marca la Generalitat".
El ARA ha podido constatar que actualmente en Cataluña hay promotoras privadas que adjudican pisos de protección oficial de compra a personas que cumplen los requisitos en función de quien envía primero un correo electrónico, responde un formulario o llega antes al oficina de la promotora.
Ahora bien, lo hacen porque la Agencia de la Vivienda de Cataluña, en el documento Instrucción 2/2021, relativo a los procedimientos de adjudicación de viviendas de protección oficial, detalla que las promotoras deben informar al suelo solicitantes de vivienda de la forma de inscribirse en la promoción y da tres métodos posibles: oficina de ventas, página web y formulario.
Por tanto, la agencia marca los criterios y las promotoras deciden cuál utilizar. La institución pública ha confirmado al ARA que "la orden de adjudicación la establece el promotor". Por su parte, todas las promotoras consultadas por el ARA han explicado que "la agencia marca los criterios".
Registro de Solicitantes
La única condición que deben seguir las promotoras es que las personas solicitantes estén inscritas en el Registro de Solicitantes de Vivienda de Protección Oficial de la Generalidad (RSHPO), pero no se tiene en cuenta la antigüedad de las personas en el registro, un criterio que sí se sigue con los VPO de alquiler.
Según datos del 30 de junio de 2024, el RSHPO de la Generalitat cuenta con 97.569 personas. Jaime Palomera, investigador encargado de vivienda en el Instituto de Investigación Urbana de Barcelona (IDRA), sintetiza que este método "no garantiza que accede a las viviendas quien más lo necesita".
Ejemplos diversos
En la página web del Consorcio de Vivienda de Barcelona existen más ejemplos, con vigencia actual, de criterios de adjudicación de pisos de protección oficial. La promotora, I-now, que aparece actualmente en el registro de solicitantes, concierta las entrevistas para acceder a las viviendas en función de quien haya enviado antes un formulario.
Fuentes de la compañía explican al ARA que "hacemos un formulario específico para cada promoción en el que la gente hace su solicitud. Después, la Agencia de Vivienda comprueba si cumplen los requisitos y si la documentación es correcta. Cuando nos dan el visto bueno, y siguiendo el orden de entrada de respuestas en los formularios, asignamos las viviendas".
La empresa Azdin Investments, asociada con AQ Acentor, ofrece veinticuatro viviendas en la calle Ferro de la Zona Franca. Tal y como explica el documento de Normas del procedimiento de adjudicación, que facilita la empresa, "el sistema de selección de quienes optan a la adjudicación y la asignación de las viviendas y anejos se realizará en estricto orden de entrada y registro presencial en la oficina de ventas".
La empresa Culmia, que ofrece cinco viviendas de protección oficial, en propiedad, en la Zona Franca, también utiliza el método del correo electrónico. En un documento de acceso público explica el criterio de adjudicación: "Las solicitudes de participación se tendrán que enviar a la siguiente dirección de correo electrónico a partir de las 9 horas del día siguiente de la publicación del anuncio. El promotor se pondrá en contacto vía correo electrónico con los solicitantes, siguiendo el orden de entrada de las solicitudes".
Regulación en los pisos de alquiler
La asignación de pisos por promotores privados sí está regulada cuando está en condición de alquiler. El artículo 101 del decreto ley dice que deben hacerse "por orden de preferencia según la mayor antigüedad de la inscripción en el RSPHO de acuerdo con la lista proporcionada por la Administración competente".
Así lo confirma una empresa inmobiliaria consultada por el ARA que adjudicó una promoción. "No teníamos ninguna potestad, la Generalitat te envía una lista que va por orden de inscripción al Registro de Solicitantes y tú debes ir llamando por orden hasta que se completen las viviendas". La Generalitat ha confirmado al ARA que sigue este proceso.
El método de la administración pública
Un tercer método se utiliza cuando el promotor de los pisos de protección oficial es público. Es el caso de la Generalidad o el Ayuntamiento de Barcelona. "Los pisos siempre se adjudican por sorteo entre todas las personas inscritas en el RSHPO y que cumplan requisitos", detalla la Generalitat.
Palomera explica que el método correcto sería "tener en cuenta el registro de solicitantes y las condiciones de cada uno". Además, añade que "la administración sólo ha construido un tercio de los pisos de protección oficial de los últimos 10 años".