Impuestos: son las personas, no los linajes

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Imagen de archivo de la Agencia Tributaria de Cataluña.

Junts vuelve a reclamar la bonificación del impuesto de sucesiones (y donaciones). Digo “vuelve” porque ya fue un compromiso electoral de CiU en el 2010 que, como flamante responsable de la hacienda de la Generalitat, me tocó defender en el Parlament.

Lo hice sin entusiasmo. En parte, porque la primera fase de la crisis no era un buen momento para rebajar impuestos. La reciente réplica parlamentaria del president Aragonès en la nueva propuesta de Junts hace la pregunta clave: dígame qué recortará o qué otros impuestos aumentará. La respuesta habitual –ser más eficiente en el gasto– no vale. Es necesario identificar a los ganadores y los perdedores de las propuestas fiscales. En mi caso sabía que, si me preguntaban, tendría dificultades para contestar.

Pero tenía razones más de fondo. En el Parlament hice constar que no comparto una oposición de principios al impuesto de sucesiones. Pienso, con el gran economista liberal inglés John Stuart Mill, que el sujeto de los impuestos deben ser las personas, no los linajes. La persona padre pagó impuestos en vida. Para la persona hija, la herencia es un ingreso más, como lo es lo que resulta de un billete de lotería.

Idealmente, la estructura impositiva se define a partir de dos consideraciones: eficiencia y equidad distributiva. En cuanto a eficiencia, hay que notar que todos los impuestos tienen efectos no deseables. El de sucesiones desanima el ahorro; el IVA, el consumo; etc. En el ejercicio de optimización que equilibra todos los efectos, es improbable que el impuesto de sucesiones deba ser cero. Por otra parte, las consideraciones de equidad que justifican la bien aceptada imposición progresiva –quien ingresa más contribuye proporcionalmente más– también indican que el impuesto debe ser progresivo en la riqueza ex-post del receptor.

Otra cosa es que el pago del impuesto de sucesiones deba facilitarse al máximo. No es bueno que se fuerce la liquidación de activos en momentos inconvenientes. Me pregunto, por ejemplo, si en algunos casos no sería mejor admitir el pago en especie (¿también acciones?). Esto ya es posible por mutuo acuerdo en el caso de bienes culturales.

La doble imposición

¿Y el impuesto de patrimonio? Desde el punto de vista doctrinal al que me adhiero, no tiene justificación: grava rentas sobre las que la persona ya ha contribuido. La diferencia con el de sucesiones es fundamental.

El argumento válido que presenté en el Parlament es la necesidad de neutralizar la competencia fiscal de otros territorios que han bonificado el impuesto. Idealmente, el grado de bonificación dependería de estimaciones comparativas entre escenarios con y sin impuesto de sucesiones. Así como de los efectos inducidos, de atracción o expulsión, de contribuyentes. O de la diferencia de ingresos fiscales provenientes de todas las fuentes. O la de los efectos indirectos sobre la economía.

Ahora bien, el entorno de competencia fiscal no es inamovible. La armonización es posible. Lo hemos visto con el impuesto de patrimonio, en el que la competencia en el marco español ha sido neutralizada con un impuesto estatal a la riqueza (el siguiente paso debería ser alinearlo con el entorno europeo, es decir: suprimirlo). ¿Conviene armonizar el impuesto de sucesiones? Mi respuesta es pragmática: como seguir una carrera competitiva a la baja nos es muy difícil, sería mejor armonizarlo, y en este caso podríamos hacerlo alineándonos con una media europea que no es cero.

Por tanto: armonizemos patrimonio a cero y sucesiones a la media europea.

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