Solo fue un beso, dicen algunos. Fue una agresión sexual, dicen otros. Ni siquiera está claro qué significa para el Código Penal el hecho del que todo el mundo todavía habla. Sus normas suelen ser interpretadas por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, quien para observar la existencia del delito acaba exigiendo una serie de indicios que guían al juez. En este caso, se exige la falta de consentimiento, que el beso tenga contenido sexual y conciencia del agresor de los dos hechos anteriores. Solo si concurren estos tres indicios, los tribunales creerán que sí hay para tanto y declararán la existencia del delito. Podrían haber sido otros requisitos, como de hecho ha sido el caso históricamente, pero ahora las cosas, por varias razones, son así.
La descripción anterior hace comprensible por qué cuesta tanto ponerse de acuerdo en la calificación de hechos como el anterior, y cómo incluso las emociones por un hecho que sacude la conciencia pública pueden hacer que los juristas hagan todo lo posible para manipular los conceptos intentando que la opción correcta no sea la que hubieran defendido si no sufrieran emociones por el hecho en concreto, sino la que directamente les pide el cuerpo. Se está observando desgraciadamente en los debates sobre la amnistía. Son demasiado numerosos los que la defienden o atacan sin ningún argumento más que la tergiversación y la ideología, como en su momento ocurrió con el derecho a la autodeterminación o con el delito de rebelión, por poner solo dos ejemplos.
Esta emotividad social se traga completamente no el “sentimiento” de las víctimas sino lo que viven, como protagonistas directos del hecho. Lo que “siente” la víctima no puede ser decisivo para tomar decisiones de relevancia jurídica, porque la víctima está sesgada por su trauma y no es un observador imparcial. Por el contrario, el derecho refleja un estado de opinión de una comunidad humana. Y la comunidad no siempre comparte el parecer de la víctima, a menudo porque no entiende exactamente qué ha vivido, insisto, y por tanto no sabe por qué conductas que solo la víctima sufre afectan a toda la comunidad. Y es que cuando se formula un parecer jurídico, una de las primeras operaciones a realizar –y que a menudo se olvida– es averiguar la relevancia comunitaria del hecho. Es decir, salir del caso concreto y visualizar qué pasaría si se extendiera y se hiciera sistemático.
Es cierto; en el contexto eufórico de una celebración, un beso del jefe en los labios de una trabajadora, incluso no consentido, no es algo grave. A partir de ahora, en idéntica situación, ¿cualquier trabajadora debe prever que este tipo de comportamiento es normal y, por tanto, llevarlo con naturalidad? ¿O puede sentirse mal por tener que soportar actuaciones de un “afecto” que no comparte? ¿Tiene derecho a vivir en un ambiente laboral en el que no tenga que temer actuaciones incómodas de un jefe?
Es cierto; que unos niños o adolescentes hagan bromas que hagan sentir estúpido a otro chico o chica no es algo grave. Por tanto, ¿debemos aceptar que la forma correcta de comportarse entre los niños o la juventud debe ser buscar constantemente al miembro más débil del grupo para reírse de él? ¿Todo el mundo tiene derecho a vivir una infancia y juventud tranquilas, sin que nadie esté plantando inseguridades en su futuro que –está demostrado– no acaban de irse nunca? ¿Indica algo que haya niños que se suiciden? ¿O adultos que estén en terapia psicológica por no saber comportarse en grupo, porque tienen miedo a compartir espacios con otras personas, pensando que siempre hay alguien que se puede meter con ellos?
Es cierto; que un jefe grite un día a un trabajador, o le falte al respeto, no es grave. Por consiguiente, ¿tenemos que tener una sociedad en la que la mayoría, que son los trabajadores, tengan que soportar que el jefe actúe sin pensar mucho? ¿Cuántas bajas laborales por ansiedad o depresión cuesta esto al sistema? ¿Cuál es el coste personal y familiar en el entorno del trabajador maltratado?
No defiendo que sea necesario tipificar un delito para cada una de estas situaciones, porque el derecho penal tiene que ser marginal; la última solución de las leyes para resolver un problema. Sin embargo, entender las consecuencias comunitarias de actuaciones que parecen puntuales, o irrelevantes, incluso, sí puede servir para que la sociedad las evalúe mejor y no banalizarlas.
Detrás de un beso sin consentimiento se esconde la libertad de la mujer. Detrás de una sociedad que no identifica la gravedad del bullying existe una comunidad cruel. Detrás de un jefe que grita y de trabajadores que se callan para no perder el trabajo, hay un resto de feudalismo.